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Nuevamente el Tribunal Constitucional debe decidir sobre distribución gratuita del Anticonceptivo Oral de Emergencia

Organizaciones de la sociedad civil exhortan al Tribunal Constitucional a emitir pronto un fallo en favor de los derechos sexuales y reproductivos de miles de niñas, adolescentes y mujeres, para garantizar su acceso a la anticoncepción oral de emergencia (AOE), de forma gratuita en todos los establecimientos de salud del país.

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Fecha Actualización
El anticonceptivo oral de emergencia (AOE), también conocida como “píldora del día siguiente”, es esencial en la oferta pública de salud, pues representa una oportunidad para muchas mujeres, niñas y adolescentes que desean prevenir un embarazo no deseado y/o producto de una violación.
Actualmente, una medida cautelar otorgada por el Poder Judicial en el año 2016, permite la distribución gratuita de la AOE, incluyéndose así en la Norma Nicional de Planificación Familiar y en el kit de emergencia para víctimas de violación sexual; sin embargo, esto podría cambiar si el Tribunal Constitucional (TC) no emite un fallo que garantice el acceso a este recurso esencial para la salud sexual y reproductiva sin ningún tipo de discriminación a miles de niñas, adolescentes y mujeres en el país.
En el marco de esta situación es que diferentes instituciones de la sociedad civil vienen impulsando la campaña #TCresuelvaAOE.
Las organizaciones que impulsan la campaña: Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos - Promsex, Movimiento Manuela Ramos y el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, manifiestan que el “Estado está en la obligación de no interrumpir la distribución de la anticoncepción oral de emergencia, a toda mujer o adolescente que así lo requiera, en especial a las víctimas de violación sexual, de forma gratuita en todos los establecimientos de salud del país. El Tribunal Constitucional tiene en sus manos la posibilidad de garantizar la vida y la salud de las mujeres y las niñas”.
Desde inicios del 2021, el Tribunal Constitucional tiene esta causa, por lo cual las instituciones de la sociedad civil demandan un fallo célere y positivo de acuerdo a la evidencia científica presentada por diferentes organismos nacionales e internacionales; y bajo el respeto al derecho de las niñas, adolescentes y mujeres adultas de acceder a una amplia gama de métodos anticonceptivos que eviten embarazos no deseados o forzosos.
Después de casi 20 años de diferentes litigios en torno a la AOE, el proceso ahora está en la Segunda Sala del T.C., conformada por los magistrados: Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero. Sin embargo, es indispensable que sea el Pleno de esta institución quien emita una decisión final sobre la accesibilidad del anticoncepción oral de emergencia (AOE) en el país
Más aún, en un contexto nacional en el cual de manera persistente las niñas y adolescentes vienen enfrentando embarazos no deseados o productos de violación sexual; es urgente garantizar la continuidad de la distribución gratuita de la AEO.
La “píldora del día siguiente” es un método anticonceptivo
La evidencia científica muestra que la “píldora del siguiente” no interrumpe un embarazo , sino que lo previene, ya que su único mecanismo de acción es retrasar la liberación del óvulo del ovario, con lo cual no es posible que se produzca la fecundación.
Por ello, en el año 2005 la Organización Mundial de la Salud (OMS) ya se ha pronunciado oficial, señalando que la AOE no tiene efectos abortivos, así mismo en el 2016 a través de su nota descriptiva nº 244 con la cual actualiza su información sobre la AOE ha reafirmado que las pastillas “no son eficaces una vez que ha comenzado el proceso de implantación y no pueden provocar un aborto”.
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