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Comienza la recolección de firmas para la revocatoria de Rafael López Aliaga

La ONPE validó el kit electoral que fue comprado por el ciudadano Ciro Silva Paredes. ¿Qué dijo el alcalde de Lima? Entérate aquí.

Imagen
Rafael López Aliaga podría ser revocado. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
El lunes 3 de junio la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) puso a la venta kits para iniciar procesos revocatorios y esa misma mañana, el ciudadano Ciro Silva compró uno para retirar a Rafael López Aliaga de la Municipalidad de Lima.
Ahora, la ONPE validó dicho kit y Silva Paredes pudo recogerlo para iniciar el proceso de recolección de firmas necesarias para promover la revocatoria del alcalde López Aliaga. El formulario tiene el código RV14010001.
Lo que motiva este proceso revocatorio, según detalló Silva, se da en un contexto en el que el alcalde no cumplió con las promesas que hizo durante la campaña, por ejemplo, no convertir a Lima en potencia mundial, no cumplir con la entrega de 10 mil motos para seguridad ciudadana o la instalación del teleférico urbano, entre otros.

¿Qué dijo el alcalde de Lima sobre la revocatoria?
En conferencia de prensa, realizada el último lunes, el alcalde de Lima se refirió al proceso de revocatoria.
“La revocatoria es un derecho ciudadano. Mi único comentario es que el señor Silva tiene un conflicto grave de interés, esta muy ligado a Susana Villarán, delincuente autoconfesa de haberse coludido para hacer sufrir a los ciudadanos de Lima Norte y Lima Sur”, expresó.

¿Cuántas firmas se necesitan para revocar a López Aliaga?
Hasta el 2015 había un tope máximo de 400 mil firmas para lograr el proceso revocatorio de una autoridad, pero debido a la modificación de la Ley 26300, ahora se necesitan más rúbricas para lograr ese cometido.
En ese sentido, en la actualidad se requiere el 25% de rúbricas del padrón electoral, es decir, algo más de 1´900,000 firmas para acceder la consulta popular.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recuerda que el proceso revocatorio sigue así: “El proceso es igual a cualquier proceso electoral, con la diferencia de que la cédula de sufragio llevará dos recuadros con las opciones SI (para separar del cargo a la autoridad) y NO (para que continúe)”.

¿Cuál es el trámite para presentar un pedido de revocatoria?
El proceso de pedido de consulta popular se inicia con la adquisición del kit electoral en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).Completada la información requerida en el kit electoral, el promotor deberá presentar los planillones de firmas de adherentes con los respectivos medios magnéticos u ópticos, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para que proceda a verificar la autenticidad de las firmas (25% de los electores de un distrito, provincia o departamento).RENIEC remitirá a la ONPE, la constancia de haber alcanzado el mínimo requerido; y otorgará al promotor el acta respectiva. En caso de no alcanzar el número de adherentes necesario, se le comunica al promotor para que subsane con la presentación de más firmas.El promotor presentará la solicitud de convocatoria de consulta popular a la ONPE para su verificación, y cumplidos los demás requisitos de ley remitirá el expediente al JNE.El JNE convoca a consulta popular de revocatoria de autoridades y fija la fecha de ésta. El JNE puede acumular las iniciativas de consulta popular y someterlas en forma conjunta.
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