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Martín Vizcarra: Poder Judicial le niega el permiso para viajar a Iquitos

De acuerdo a la resolución, la autorización del viaje constituiría una “afectación grave al derecho de preservar los fines procesales dado que el riesgo de fuga o evasión de la acción de la justicia del expresidente sería inevitable”.

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Martín Vizcarra solicitó en mayo pasado viajar a la región Moquegua entre mayo y diciembre, pero este pedido también fue rechazado. (Foto: Difusión)
Fecha Actualización
El Poder Judicial rechazó la solicitud del expresidente Martín Vizcarra para viaje de Iquitos el 20 de julio próximo con el fin de participar en una conferencia organizada por su partido político Perú Primero.
La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada sostiene que si bien la medida constituye una “afectación leve” al derecho a la libertad de información y difusión del pensamiento de Vizcarra, él “puede llevar a cabo dicha actividad con la aplicación de otras alternativas como lo es el modo virtual mientras se encuentre vinculado al proceso de libertad con las restricciones justificadas que le impone la comparecencia restrictiva”.
La resolución agrega que autorizar el viaje sí constituiría una afectación grave al derecho de preservar los fines procesales “dado que el riesgo de fuga o evasión de la acción de la justicia del expresidente sería inevitable”.
En mayo pasado, se recuerda, el Poder Judicial rechazó otra solicitud de Martín Vizcarra para viajar a la región Moquegua entre los meses de mayo y diciembre, a razón de una vez por mes.
En esa ocasión señaló que el propósito de sus viajes era cumplir con sus compromisos laborales como ingeniero de proyectos en la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A. en la cual es accionista.
Al respecto, el Poder Judicial preciso que no se justifica que el procesado viaje a Moquegua toda vez que él tiene la condición de socio fundador de la referida empresa y podría cumplir con sus tareas a través de medios virtuales.
Asimismo, refirió que el proceso penal que enfrenta Vizcarra por el caso Obrainsa “está a punto de iniciar la etapa de juzgamiento, la cual requiere la presencia física obligatoria en audiencia del acusado”.
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