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JNJ: Comisión Especial dejó a Marco Falconí con los crespos hechos

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Falconí intentó obtener un beneficio que no le correspondía. Perú21 lo denunció y lo demostró. (GEC)
Fecha Actualización
Estuvo a punto de juramentar, pero se quedó en la puerta del horno. El excongresista Marco Tulio Falconí no ocupará el séptimo cupo de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) tras una decisión de los miembros de la Comisión Especial.
¿Qué pasó para que la comisión cambie de parecer? Esencialmente, la confirmación de la denuncia contundente que publicó este diario. Falconí había obtenido el quinto lugar en el concurso gracias una bonificación especial del 10% por haber realizado servicio militar.
Posteriormente, Perú21 accedió a información oficial del Ministerio de Defensa, a través de una solicitud en el marco de la Ley de Transparencia, que revelaba que Falconí hizo el servicio pero en la modalidad “no acuartelado”, pues había estudiado en un colegio militar.
Por ello, el bono que se aplicó en el puntaje de la entrevista personal no aplicaba para su caso, según lo contempla la Ley 29248.
Tras la denuncia de Perú21, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre el tema y confirmó que, efectivamente, los egresados de los colegios militares se encontraban excluidos del 10%.
Ayer, los miembros de la comisión se reunieron en horas de la tarde, en la Contraloría, y decidieron que Falconí ya no iba más. Ya no sería titular de la JNJ.
“Luego de revisar los documentos recogidos para el análisis del caso, así como los descargos del referido postulante, la comisión acordó dejar sin efecto la bonificación otorgada en el rubro de entrevista personal”, indicaron en un comunicado en el que señalan que el exparlamentario será miembro suplente, “en el orden que le corresponda”.
Pataleo judicial
Aunque Falconí no contestó las llamadas, días antes declaró a este diario que “veré qué medida judicial tomar si deciden reducir mi puntaje”.
En la respuesta que envió a la comisión, indicó que el informe de Servir “no es vinculante” y consideraba “arbitrario” que se cree un procedimiento extra sobre su caso. “Esta última opinión no es vinculante y no puede ser retroactiva para variar el resultado de un largo proceso concluido”, expresó.