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COVID-19: ¿Mayores de 45 años que no tienen su segunda dosis por contagio pueden viajar?

Gabriela Jiménez, jefa de inmunizaciones del Minsa, respondió a esta interrogante tras publicarse la medida que exige presentar dos dosis de la vacuna para abordar viajes interprovinciales terrestres.

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Decreto Supremo 167-2021-PC exige que las personas mayores de 45 años presenten dos dosis de la vacuna contra el COVID-19, antes de abordar viajes interprovinciales terrestres. (Foto referencial: GEC)
Fecha Actualización
Tras disponerse en el Decreto Supremo 167-2021-PCM que los mayores de 45 años solo podrán abordar viajes interprovinciales terrestres si acreditan sus dos dosis de la vacuna contra el COVID-19, la jefa de inmunizaciones del Minsa, Gabriela Jiménez, respondió a posibles casos que podrían darse respecto a la inoculación de este grupo etario antes de viajar.
En entrevista a TV Perú, Gabriela Jiménez fue consultada sobre qué pasaría si una persona mayor a 45 años - que no recibió su segunda dosis por contagio COVID-19 - desea viajar. Al respecto, la funcionaria respondió que esto implicaría la presentación de un documento como acreditación para su caso.
“Toda persona que ha sido infectada y está en el tiempo de espera para la administración de su siguiente dosis (2da vacuna), va a tener una hoja de acta de la afectación por COVID-19; entonces, el médico genera un acta y eso puede ser una prueba importante para que manifieste (al momento de viajar) la razón de todavía no haberse inoculado”, señaló.
En tal sentido, la persona que desee viajar y no haya podido aplicarse su segunda vacuna, tendrá que presentar la documentación referida por la funcionaria.
¿Cuánto tiempo después puedo vacunarme?
Cabe señalar que, según lo dispuesto por la Directiva Sanitaria 129-2021 del Minsa, antes de aplicar la vacuna, los encargados de la inmunización deberán realizar una serie de preguntas a las personas con el objetivo de detectar un posible caso de COVID-19.
Si la persona a ser vacunada “recibió un tratamiento para el COVID-19 con anticuerpos monoclonales o plasma de convaleciente, debe esperar 90 días para vacunarse contra el COVID-19". La norma agrega lo siguiente: “Hable con su médico si no sabe con certeza qué tratamientos recibió, o si tiene más preguntas acerca de vacunarse contra el COVID-19".
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Viajes interprovinciales exigen dos dosis
Dicha medida se viene cumpliendo desde este lunes 15 de noviembre, según lo dispuesto en el Decreto Supremo 167-2021-PCM. Según la norma, esto cumple para los cuatro niveles de alerta (moderado, alto, muy alto y extremo).
El ministro de Salud, Hernando Cevallos, refirió que esta norma servirá para fomentar la vacunación contra el coronavirus (COVID-19). Remarcó que muchas personas deben realizar viajes de largas horas en el interior de un bus y que el objetivo es que, al ser eventualmente contagiados, no desarrollen complicaciones de la enfermedad.
“Si bien la vacuna es voluntaria, no tiene ningún ciudadano derecho a contagiar a otro ciudadano. Al no estar vacunado las posibilidades de contagio son mayores”, expresó sobre esta medida.
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