/getHTML/media/1239666
Eduardo Pérez Rocha: "Que la Policía diga la verdad, Vladimir Cerrón se fue del país"
/getHTML/media/1239537
José Baella sobre caso Vladimir Cerrón: "Se debería investigar la contradicción de la Policía"
/getHTML/media/1239536
Fuad Khoury: "No es el momento para invertir en aviones de guerra"
/getHTML/media/1239269
Impulsared: el programa que promueve el desarrollo a través del emprendimiento
/getHTML/media/1239371
Romy Chang sobre 'Chibolín': "La caución asegura la permanencia de Elizabeth Peralta"
/getHTML/media/1239361
José Carlos Mejía, abogado de agente 'Culebra' habla sobre supuesto atentado: "Han sido dos extraños incidentes"
/getHTML/media/1239253
Dina Boluarte endeudará al Perú por S/ 7,500 millones para comprar 12 aviones de combate
/getHTML/media/1239252
Adrián Simons: "Tipificar terrorismo urbano no soluciona nada"
/getHTML/media/1239251
Todo lo que debes saber sobre el sorteo 'Escapada de Primavera'
/getHTML/media/1239126
Gobierno de Dina Boluarte sin rumbo ante criminalidad | La Voz del 21
/getHTML/media/1239123
Víctor García Toma: "El JNE debió anular la inscripción de A.N.T.A.U.R.O"
/getHTML/media/1239120
Mariano González: "Este gobierno-Dina Boluarte- representa más al crimen que a los peruanos"
/getHTML/media/1239127
Malena Morales de Alicorp y su compromiso con los emprendedores peruanos en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1238304
Los mejores libros del siglo XXI según The New York Times | Biblioteca de Fuego
/getHTML/media/1238207
118 mujeres han sido víctimas de feminicidio en lo que va de 2024
PUBLICIDAD

Sepa en qué casos EsSalud reconoce gastos funerarios y cómo tramitarlos

Los beneficiarios son los familiares directos del asegurado fallecido: cónyuge o concubino (a), hijos, padres, hermano (a) mayor de edad o un tercero.

Imagen
Fecha Actualización
La muerte de un familiar es un momento difícil por el que atravesamos y al que debemos sobreponernos pese al dolor que representa. El Seguro Social de Salud (EsSalud) acompaña a los beneficiarios de los asegurados que fallecen y les brinda una prestación por sepelio, ayuda económica para solventar los gastos funerarios.
Los beneficiarios son los familiares directos del asegurado que fallece: cónyuge o concubino (a), hijos, padres, hermano (a) mayor de edad o un tercero. Ellos son quienes deben acreditar haber efectuado gastos de servicios funerarios de un asegurado hasta por un monto máximo de S/ 2070, que es lo que EsSalud entregará como tope al familiar.
EsSalud reconocerá los gastos por nicho o sepultura, cremación o entierro, ataúd, capilla ardiente, carroza, transporte, mortaja o traje y preparación del cadáver; servicios que deben tener su respectivo comprobante de pago.
¿Cuándo se reconocen los gastos funerarios?
Para que el beneficiario acceda a la prestación por sepelio, el asegurado que fallece debe haber contado con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en el que ocurrió su muerte.
Además, el asegurado debe tener vínculo laboral al momento de su fallecimiento y, en caso de ser pensionista, debe mantener su condición de pensionista al momento de la contingencia.
En caso el beneficiario sea un tercero, este debe portar el original de su documento nacional de identidad (DNI) y presentar una carta poder simple de representación para realizar el trámite de la solicitud, suscrita por el familiar directo del asegurado fallecido.
Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero, se debe presentar los comprobantes de pago originales (traducidos), con firmas legalizadas por el Ministerio de Relaciones exteriores o con el sello de la Apostilla de La Haya. En caso de muerte súbita o violencia, se requiere el parte policial o informe de la autoridad competente (original) y copia del certificado de necropsia.
Aquellos familiares de un fallecido que esté afiliado al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) no pueden acceder a la prestación por sepelio que otorga EsSalud.
Imagen
Requisitos para acceder a la prestación por sepelio
Formulario 1040, debidamente llenado y firmado por el beneficiario.Comprobantes de pago originales por los gastos funerarios, haciendo referencia al nombre del asegurado fallecido y emitidos a nombre del familiar o tercero que realizó el gasto.En los comprobantes de pago se debe colocar el sello que indica “comprobante de pago para uso exclusivo por EsSalud”.Si el gasto es asumido por un tercero, debe contar con la declaración jurada del familiar que reconoció el gasto hecho por el tercero.
VIDEO RECOMENDADO
TAGS RELACIONADOS