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Municipalidad de Lima descontará hasta 80% por multas a transportistas

En tanto, a los que decidan acogerse al Programa de Chatarreo se le rebajará hasta el 90% de la multa por infringir las Ordenanzas 104 y 1338.

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Fecha Actualización
La Municipalidad de Lima descontará hasta el 80% del pago de deudas administrativas derivadas de multas por infracciones al servicio del transporte público de personas, aplicadas durante la vigencia de las Ordenanzas 104 y 1338, según una Ordenanza publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Esta norma tiene por finalidad facilitar la implementación del Sistema Integrado de Transporte Público de Lima Metropolitana, la implementación de los Corredores Complementarios, y el acceso al programa de chatarreo vehicular.

El pago de la multa acogiéndose al incentivo incluye la condonación de intereses, gastos y costas asociados a la multa materia de pago, como los gastos de guardianía y grúa. Sin embargo, los conductores, cobradores, empresas de transporte o responsables solidarios que se acojan al pago con descuento no podrán solicitar la devolución de cualquier concepto pagado por multas, antes de la vigencia de la presente ordenanza.

CRONOGRAMALa medida establece además un cronograma de aplicación de descuentos. Los deudores que presenten su solicitud hasta el 31 de diciembre de 2012 accederán al 80% del descuento. No siendo así para los que la tramiten del 1 y 31 de enero de 2013 (50% de descuento) y entre el 1 de febrero y el 31 de marzo (30%).

SOLO DEUDASEste incentivo aplica en forma exclusiva a la imposición de multas más no a las medidas accesorias señaladas en las tablas de infracciones contenidas en las Ordenanzas 104 y 1338.

Además, se entiende que el pago al contado de las multa originará la conclusión y/o archivo del procedimiento administrativo sancionador, en el estado o situación que se encuentren. De igual forma, el acogerse al beneficio implica el reconocimiento voluntario de la multa impuesta.

CHATARREOEn tanto, hasta el 31 de diciembre de 2012 los propietarios de vehículos que soliciten acogerse a los Programas de Chatarreo podrán acceder a un descuento del 90% sobre el importe de multa por infringir las Ordenanzas 104 y 1338.

Para acogerse a este beneficio, los interesados deberán presentar una solicitud de acogimiento, según formato aprobado por el Servicio de Atención Tributaria (SAT), donde conste de manera expresa el número de la multa y placa del vehículo vinculado.

La Ordenanza otorga un plazo de 15 días hábiles contados a partir de su publicación para la adecuación de sus sistemas y la elaboración de los formatos necesarios, así como la implementación de los mecanismos adecuados para brindar la información correspondiente.