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Feriados 8 y 9 de diciembre: ¿Cuánto es la multa para las empresas por no realizar el pago adicional?

Conoce aquí el monto que debe pagar el empleador al no cumplir con las retribuciones adicionales.

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Conoce a cuánto asciende la multa si una empresa no cumple con las retribuciones correspondientes al trabajador por laborar durante los días feriados. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
El jueves 8 y viernes 9 de diciembre serán feriados en el Perú. Muchas personas podrán descansar en estos días libres, pero algunos trabajadores de diferentes sectores deberán laborar. Aquí te contamos a cuánto asciende la multa si la empresa no realiza el pago correspondiente.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) señala que no cumplir con la compensación adicional es una falta muy grave.
¿De cuánto es la multa si no se cumple con las retribuciones adicionales?
Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarían cometiendo una infracción muy grave en materia de derechos laborales.
Las multas, dependiendo del tipo de la empresa (micro, pequeña y no mype), oscilan entre S/ 1,058 a S/ 241,638.
¿Cómo calcular el pago por trabajar los días feriados?
La Sunafil indica que si te encuentras trabajando de forma presencial o de manera remota deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu pago mensual: uno por la jornada trabajada y otra por la sobretasa del 100%.
Por ejemplo, en caso de que tu remuneración mensual sea de S/ 1,025, tu salario diario es de S/ 34.17. Ello se deduce al dividir tu sueldo entre 30 días (1,025/30). Al saber cuánto ganas por día, puedes calcular cuál sería tu pago.
Una remuneración por el trabajo realizado: S/ 34.17Una remuneración por la sobretasa del 100%: S/ 34.17
Entonces, teniendo en cuenta ambas remuneraciones, el total sería de S/ 68.34 por cada feriado laborado adicional a tu sueldo mensual.
Siendo así que, S/ 68.34 x 2 feriados laborados sería igual a S/ 136.68, por lo tanto a fin de mes, te correspondería recibir en total S/ 1,161.68.
Asimismo, es importante precisar que en caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional.
¿Por qué son feriados el 8 y 9 de diciembre?
El jueves 8 de diciembre es feriado por el Día de la Inmaculada Concepción. La festividad de carácter religioso, conmemora el nacimiento de la Virgen María. El origen de esta celebración se remonta a mediados del siglo XIX de la mano del Papa Pío XI.
Por otro lado, la Ley 31381, aprobada por el Congreso en 2021, decreta que, por primera vez, este 9 de diciembre sea feriado nacional en conmemoración a la batalla de Ayacucho.
¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?
Aunque en ambos días se pueden descansar, hay ciertas diferencias a tener en cuenta.
Feriado
El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes no asisten a clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, debe recibir una remuneración adicional.
Día no laborable
El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra. Asimismo, para los que descansen este día deberán compensar con horas extras.
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