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Espectáculos públicos en la mira de Sunat

Proyecto del ente regula la aplicación del sistema de detracciones a dicho eventos. Tasa propuesta será de 9% y será pagada por las productoras y la empresa encargada de vender las entradas.

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Fecha Actualización
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que implementará mayores acciones de fiscalización a las actividades de espectáculos públicos, con el fin de reducir la evasión y los altos niveles de informalidad y de incumplimiento tributario detectados en los últimos años.

Para ello, el ente publicó el proyecto de Resolución de Superintendencia que regula la aplicación del sistema de detracciones a los espectáculos públicos no deportivos, gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV), como los conciertos de música en vivo, obras de teatro, ballet, ópera, entre otros.

La tasa de detracción propuesta para estas actividades será de 9% sobre el importe de la operación, que incluye el monto por la prestación del servicio (el espectáculo) y el costo de las entradas o boletos a dicho evento.

Además, se aplicará el porcentaje a las operaciones por las que se emitan todo tipo de comprobante de pago, debido a que en estos espectáculos se expenden entradas por cantidades menores a los S/.700, monto mínimo de las detracciones aplicadas a los demás sectores.

El pago de dicha detracción será obligatorio tanto para los promotores del servicio como a las empresas encargadas de vender los boletos.

La propuesta se da luego de que la Sunat encontrara que un gran número de empresas evaden el pago del IGV. Se detalló que un 50% presentó un bajo nivel de pago de dicho monto respecto a las ventas gravadas, lo que no guarda relación con el número de entradas emitidas.

Precisó que los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ballet, circo y folclore nacional no serán incluidos en la detracción, según la Ley del IGV.