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Se estima que alrededor de 600,000 personas deberán cumplir con esta obligación tributaria, según lo establecido por la entidad recaudadora.

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Fecha Actualización
Desde este lunes 13 de mayo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) pone a disposición el Formulario Virtual N.° 709 en su portal institucional, permitiendo a las personas naturales sin negocio presentar su Declaración Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2023.
Se estima que alrededor de 600,000 personas deberán cumplir con esta obligación tributaria, según lo establecido por la entidad recaudadora.
¿QUIÉNES DEBEN PRESENTAR ESTA DECLARACIÓN?
-De acuerdo con la normativa, deben presentar la Declaración de Renta 2023 las personas naturales que hayan percibido Rentas de Quinta Categoría (en planilla) que determinen un saldo a favor y deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
-Asimismo, están obligadas a presentarla los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categorías, así como aquellos que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías y atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos. Además, quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera también deben realizar la declaración.
-Para facilitar el proceso, la entidad proporciona información personalizada referencial, actualizada al 30 de abril de 2024, sobre ingresos, pagos, retenciones y gastos, que los contribuyentes pueden verificar, completar o modificar al presentar la Declaración Anual.
-En caso de determinarse un saldo a favor del Impuesto a la Renta, el contribuyente puede registrar o actualizar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) para que la Sunat realice la devolución directa en su cuenta bancaria.
-Así también, las personas tienen la opción de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de la Sunat.

CRONOGRAMA
Los plazos para presentar la Declaración y efectuar el pago de regularización del impuesto y del ITF correspondiente al ejercicio gravable 2023 se encuentran establecidos de acuerdo con el siguiente cronograma:
Las personas naturales y las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen MYPE Tributario comprendidas podrán declarar desde el 27 de mayo hasta 11 de junio.

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TENGA EN CUENTA:
-Se recomienda no esperar el cronograma final de vencimientos que va del 27 de mayo al 11 de junio de 2024, según el último dígito del RUC, para presentar la declaración.
-Para más información sobre la declaración y el formulario disponible, los contribuyentes pueden visitar el portal especializado.

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