El dinero de las utilidades es un alivio financiero para muchos trabajadores. (Foto: Andina)
El dinero de las utilidades es un alivio financiero para muchos trabajadores. (Foto: Andina)

Las representan un dinero adicional que es de mucha ayuda para los trabajadores y, si bien cada uno es libre de utilizarlo como mejor le parezca, siempre es bueno darle un buen fin a dicho beneficio.

En ese sentido, un buen uso del dinero de las utilidades siempre estará orientado a las inversiones, el ahorro y el pago de deudas.

MIRA: Utilidades: ¿Cuándo las reparten y quiénes las reciben? Todo lo que debes saber
  • Por ejemplo, una buena opción es hacer un listado de las deudas que tienes y priorizar el pago de la que tiene la tasa de interés más alta, de esta forma te liberarás de una obligación financiera y estarás más holgado (a) cada fin de mes.
  • Otra buena alternativa para las utilidades es el ahorro. Ya sea para cumplir alguna meta (compra de un auto o para pagar la inicial de un departamento), como un fondo de emergencia (accidentes, pandemia, etc.) o pensando en tu vejez con depósitos voluntarios en tu cuenta de AFP, siempre es positivo tener un dinero guardado para un fin específico.
  • Una posibilidad que goza de gran popularidad es que inviertas ese dinero. Puedes optar por los depósito a plazo (ahorro con rendimiento), también puedes probar con los fondos mutuos o también invertir en acciones de empresas que cotizan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL).
  • Otra forma de inversión es usar las utilidades para otros fines, como adquirir una propiedad, afianzar tu negocio o usarlo para tu educación con miras a reforzar tu currículum en busca de mejores empleos.


¿Cuándo se pagan las utilidades?

El plazo máximo para el pago es de 30 días calendario posteriores a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la Sunat por parte de la empresa, la cual tiene como fecha límite el 11 de abril para 2024.


¿Qué trabajadores reciben el beneficio?

Recibirán utilidades todos los trabajadores en planilla que, al menos, laboraron un día el año anterior.

Incluye a trabajadores temporales y de plazo indefinido, de tiempo completo y de tiempo parcial, extranjeros y peruanos.

Sin embargo, no se considera a los practicantes, a las personas que emiten recibos por honorarios, ni a los trabajadores informales.

Cabe resaltar que no es necesario que el trabajador siga laborando en la compañía para recibir este pago, por lo que, los extrabajadores que estuvieron el año anterior en la empresa, también recibirán dicha bonificación.

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