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Restaurantes y establecimientos culturales pueden usar terrazas y espacios públicos

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó una guía para que restaurantes, servicios afines y establecimientos culturales y de arte puedan usar espacios públicos como bermas, veredas, parques, vías peatonales, entre otros.

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó una guía para que restaurantes, servicios afines y establecimientos culturales y de arte puedan usar espacios públicos como bermas, veredas, parques, vías peatonales, entre otros.
La “Guía para el uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios afines autorizados, así como establecimientos culturales y de arte”, aprobada por Resolución Ministerial 019-2021-VIVIENDA, establece los lineamientos para realizar este tipo de actividades en espacios abiertos.
Este permiso promete respetar el aforo de los locales establecido por el Gobierno Central, manteniendo el distanciamiento social y reduciendo el riesgo de contagios por COVID-19.
La guía precisa diferentes formas de uso temporal de los espacios públicos tanto para actividades comerciales como culturales, así como las dimensiones mínimas que deben existir a fin de mantener el distanciamiento social.
Esta guía podrá ser aplicada solo por los locales que colinden con algún espacio público. La finalidad es evitar que se realicen actividades en espacios cerrados, donde hay una mayor probabilidad de contagio.
El documento brinda lineamientos para el funcionamiento de 25 tipos de terrazas, que se dividen en 12 gastronómicas y 13 terrazas culturales. Están clasificados por el tipo de acceso que tengan a la vía pública, como veredas, bermas, jardines, parques, cierre total de la calle, etc. La guía puede ser observada en detalle en este enlace.
Para su elaboración se recibió los aportes de los representantes de municipalidades, gremios y asociaciones gastronómicas, culturales y hoteleras y propietarios de restaurantes representativos.
El documento fue elaborado en el marco del artículo 4 del Decreto Supremo N° 187-2020-PCM, el cual precisa que las municipalidades deben facilitar el uso temporal del espacio público a los mencionados negocios y establecimientos a fin de evitar poner en riesgo la salud de las personas durante el desarrollo de la Fase 4 de la reactivación económica.
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