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MEF en contra de derogar el ISC a los juegos de casino y máquinas tragamonedas
En un comunicado, el MEF dijo que el ISC a los juegos de casino y máquinas tragamonedas es un impuesto al consumo y puede trasladarse al consumidor final.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se pronunció hoy en contra de derogar el Decreto Legislativo (DL) 1419 para que los casinos y tragamonedas paguen nuevamente el impuesto selectivo al consumo (ISC).
Como se conoce, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó la derogatoria del citado decreto, tal como recomendaba un informe de un grupo de trabajo que revisa los DL aprobado por Ejecutivo cuando tuvo facultades legislativas.
El argumento principal del mencionado informe es que el gobierno desnaturalizó el ISC que busca aplicar a las salas de juego, debido a que no es un impuesto indirecto y no se puede trasladar directamente al consumidor para desincentivar el juego.
En un comunicado, el MEF dijo que ratifica la importancia del DL 1419 y que su aplicación contribuye a atenuar los perjuicios a la salud de las personas, asociados a la ludopatía o adicción al juego, lo que genera costos sociales que el Estado debe atender (externalidades).
Además, señaló que la implementación de este nuevo gravamen coloca en igualdad de condiciones a los distintos operadores de la industria del juego, pues -dijo el MEF- hasta antes de la norma, casinos y tragamonedas era la única actividad que no se encontraba gravada con este impuesto.
Por lo tanto, sobre la reciente derogación del DL 1419 en la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, el MEF expresó lo siguiente:
- El DL 1419 no vulnera los parámetros de constitucionalidad establecidos en las sentencias del Tribunal Constitucional. Además, la medida fue emitida al amparo de la facultad delegada de manera expresa por la Ley N°30823 dada por el Congreso de la República, Ley autoritativa que facultó al Poder Ejecutivo a gravar con ISC a los juegos de casino y máquinas tragamonedas. Cabe señalar que se optó por aplicar uno de los métodos disponibles (ISC específico).
- El DL 1419 no vulnera los parámetros de constitucionalidad establecidos en las sentencias del Tribunal Constitucional. Además, la medida fue emitida al amparo de la facultad delegada de manera expresa por la Ley N°30823 dada por el Congreso de la República, Ley autoritativa que facultó al Poder Ejecutivo a gravar con ISC a los juegos de casino y máquinas tragamonedas. Cabe señalar que se optó por aplicar uno de los métodos disponibles (ISC específico).
- El ISC a los juegos de casino y máquinas tragamonedas es un impuesto al consumo. Grava la capacidad contributiva evidenciada cada vez que una persona juega y apuesta. Es decir, se grava el consumo de servicios de entretenimiento.
- Es un impuesto selectivo al consumo del tipo específico (monto fijo). El ISC se determina aplicando un monto fijo sobre el ingreso neto de las mesas de casino y máquinas tragamonedas, según tres categorías que son determinadas por los ingresos netos de cada mesa o máquina. Esto permite que la carga impositiva sea la misma en cada categoría. La medida implica una recaudación anual de S/135 millones.
- El ISC puede trasladarse al consumidor final. En la industria del juego, el mecanismo para trasladar el tributo sería la reducción de la tasa de retorno (del jugador), que actualmente supera el 90% del ingreso bruto (apuestas totales), pese a que la tasa de retorno mínima fijada por ley es de 85%, por lo que los operadores de esta actividad tienen un espacio de, al menos, 5 puntos porcentuales del ingreso bruto para reducir la tasa de retorno sin ver perjudicada su rentabilidad.
La reducción de la tasa de retorno puede lograrse a través de una reducción de los premios o un incremento del valor de la apuesta, lo cual disminuye el incentivo para jugar o lo vuelve más caro, en consecuencia, reduce la ludopatía y, por ende, la externalidad negativa de los juegos de azar.
- No es un impuesto a los ingresos. El DL 1419 no grava los ingresos ni la utilidad del operador, sino que está diseñado para ser trasladado al consumidor vía precio, por lo tanto, no se trata de un impuesto sobre la renta, donde la carga económica debería ser asumida únicamente por el operador del juego. Tomar el ingreso como base del ISC, no lo convierte en un impuesto al ingreso, como sucede con el IGV.
- No es un impuesto al patrimonio. No se grava la propiedad ni la tenencia de máquinas tragamonedas o mesas de juegos de casino, lo que grava el ISC son las apuestas efectuadas en las máquinas y mesas que se encuentren en explotación, de allí que el parámetro utilizado para determinar la base imponible son los ingresos netos que generan dichos bienes, esto es el monto de las apuestas menos los premios otorgados.
- Otros países también gravan los casinos y máquinas tragamonedas con impuestos al consumo específico. Países como Chile y Colombia también gravan las actividades del sector del juego con impuestos especiales al consumo (ISC) de tipo específico (pesos por máquina), reconociendo la particularidad de las operaciones de la industria del juego que exige reglas especiales para la determinación de la base imponible.
El MEF dijo pone de conocimiento de la opinión pública esta información con el objetivo de llamar la atención sobre la importancia de este impuesto, y los beneficios que su aplicación genera para la sociedad y la economía.
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