Redacción PERÚ21

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El  aprobó el reglamento de la Ley Nº 28970 promulgada en 2007, en el cual se establece que se podrá inscribir al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) a aquellos padres que deban con el pago de tres pensiones alimenticias consecutivas o alternadas con procesos con sentencia o conciliación.

Desde esta manera se podrá inscribir en el REDAM al padre o la madre que no cumpla con el pago de pensión de alimentos pese a tener una sentencia judicial que se lo ordena.

Asimismo, el reglamento señala que las empresas privadas deberán informar a sus trabajadores sobre la existencia del REDAM y permite el acuerdo entre trabajador y empleador para la autorización del descuento por planilla a fin de que se cancele la deuda pendiente.

La información del REDAM se remitirá mensualmente a la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para que la deuda alimentaria se registre. De igual manera, lista se enviará a las centrales de riesgo como Infocorp para que el moroso no acceda a un crédito bancario.

El Poder Judicial manejará la información y mantendrá actualizado el registro de deudores alimentarios. El registro es completamente gratuito, quienes ingresen al portal web podrán leer los nombres y apellidos completos, además del DNI de los padres que no cumplen con sus obligaciones.

Cualquier persona, empresa o entidad financiera podrá ver el año en el que se le reportó como deudor moroso, en qué departamento, Juzgado de Paz Letrado, el expediente judicial y el monto mensual con el que debía asistir a sus hijos. También el dinero total de la manutención que adeuda.

Si necesitas averiguar o inscribir a alguien en el REDAM, haz clic .