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Tarjetas de pago o billeteras electrónicas descontarán un 18% adicional del valor del recibo para el pago del IGV

Desde octubre pagaremos impuestos por Netflix, Airbnb y libros digitales

Trasladar esta retención a la banca le generaría costos asociados, además de dificultades.

Imagen
Plataforma Netflix
Fecha Actualización

Se buscará una mayor recaudación para tapar el hueco fiscal ocasionado por medidas populistas. El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo 1623, que establece mecanismos para la recaudación del IGV por el consumo de servicios digitales y bienes intangibles realizado a través de Internet por personas en Perú, a proveedores que operan desde el exterior.

MIRA: Ejecutivo oficializa norma que grava con IGV a servicios de plataformas digitales

Según la norma, a partir del 1 de octubre se aplicará un impuesto de 18% a diversos servicios digitales, incluyendo:

1. Transmisión en línea de contenido digital como imágenes, series, películas, documentales, cortometrajes, videos y música, ya sea por streaming u otras tecnologías. Ejemplos: Netflix, Disney+, Spotify, Apple TV y YouTube Premium.

2. Servicios de almacenamiento de información como, por ejemplo, correos electrónicos e iCloud+.

3. Provisión de contenido o funciones adicionales en redes sociales, revistas o periódicos en línea.

4. Servicios de conferencia remota.

5. La intermediación en la oferta y la demanda de bienes o servicios como Airbnb.

El cobro de IGV también recaerá sobre la adquisición en el exterior de “bienes intangibles” que requieren ser descargados de Internet para su consumo.

“Por ejemplo, un libro (digital) y un curso grabado son bienes intangibles en los que se va a aplicar IGV. También incluye una canción de Spotify. Cuando la descargas de forma definitiva, vas a pagar IGV”, explicó Carlos Rodríguez Summers, KPMG Tax Advisory Lead Partner.

MIRA: Nos cobrarán impuestos por ver Netflix, usar vapeadores y apostar en línea

¿Cómo se aplicará?

Según la norma, los proveedores del exterior (no domiciliados en el Perú) deberán inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para hacer la retención del IGV respectivo.

En caso de que estas empresas no cumplan con hacerlo, la norma delega la responsabilidad de la retención del IGV a las entidades del sistema financiero como los bancos, las empresas de dinero electrónico y el Banco de la Nación, que ofrecen el servicio de debitar el pago, mediante tarjetas de crédito o débito (tarjetas de pago) y billeteras digitales.

Luis García Romero, socio senior del Estudio Muñiz, detalló que, suponiendo que el impuesto sea trasladado en su totalidad al usuario, el servicio, por ejemplo, de Netflix costará un 18% más. “El banco ya no te va a debitar solamente el servicio de Netflix, que es lo que cobra la plataforma internacional, sino que, además, te van a debitar un 18% adicional. A la plataforma le van a seguir dando lo que cobraba y ese 18% adicional a la Sunat”, explicó.

Si bien la norma establece que en octubre se empezará a efectuar la percepción o retención del IGV, se requiere la elaboración de su reglamento, para lo cual se ha establecido un plazo de 30 días calendario.  

Por otro lado, tanto Rodríguez Summers como García Romero cuestionaron que la norma cargue la recaudación al banco, que lo obliga a incurrir en costos para cumplir con esta labor, que deberían ser asumidos por la administración fiscal y el contribuyente.

MIRA: Netflix: en dos meses comenzaría el pago del IGV por el servicio de streaming

Tenían que gravarse

El exviceministro de Economía Carlos Casas afirmó a Perú21 que la aplicación de IGV a los servicios de plataformas digitales y bienes intangibles suministrados desde el exterior lo que hace es “nivelar la cancha”. Esto debido a que hay otros servicios similares como la televisión por cable que sí pagan IGV por ofrecerse en el territorio nacional.

Casas mencionó, además, que la medida es oportuna para “llenar” el “hueco fiscal” que en la actualidad existe, por lo que se debe evitar que no haya más medidas populistas que puedan desviar este dinero, además de que el Gobierno no ceda a dichas a medidas populistas del Congreso.

“Estos servicios (digitales) tenían que gravarse, aunque no se dé en la circunstancia más feliz”, indicó Casas.  

Mencionó que la subida de precios de los servicios digitales dependerá del impacto sobre las empresas. Explicó que las compañías proveedoras del servicio evaluarán si es posible trasladar todo el impuesto o compartirlo con el usuario.

“Si hay varias plataformas de un determinado servicio y una de ellas quiere ganar más participación de mercado, a lo mejor esté dispuesta a compartir el pago del impuesto. Todo dependerá de la competencia que haya”, dijo.

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