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Gratificación de diciembre 2021: ¿Cuál es el plazo que tienen las empresas para depositar la ‘grati’?
Algunas empresas intentan retrasar el pago de las gratificaciones y quieren ponerse de acuerdo con sus trabajadores al respecto. Sin embargo, de acuerdo a la Ley de Gratificaciones y su reglamento, no se puede pactar el pago de las gratificaciones en una oportunidad distinta de la señalada, según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
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Algunas empresas intentan retrasar el pago de las gratificaciones y quieren ponerse de acuerdo con sus trabajadores al respecto. Sin embargo, de acuerdo a la Ley de Gratificaciones y su reglamento, no se puede pactar el pago de las gratificaciones en una oportunidad distinta de la señalada, según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
De acuerdo al Manual de Preguntas Frecuentes, este desembolso es “indisponible para las partes”. En consecuencia, las gratificaciones se pagan en las fechas establecidas por el decreto, en la primera quincena de julio y diciembre.
¿Quiénes reciben gratificación?
Según la Ley de Gratificaciones y su reglamento, en el cual se basa el manual, tienen derecho a este beneficio los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, sea cual fuere la modalidad de contrato de trabajo.
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El monto de la gratificación equivale a un sueldo completo, siempre que se haya laborado durante todo el semestre en la oportunidad que corresponda otorgar el beneficio. De lo contrario, se pagará un sexto de su remuneración por cada mes trabajado.
En ese orden de ideas, la remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad es la remuneración vigente al 30 de junio y 30 de noviembre, respectivamente.
También accede a este pago, el trabajador que haya laborado solo un mes, con la condición de que lo haya hecho un mes calendario completo. En tal caso, el monto del pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
De otro lado, según la ley y su reglamento, las gratificaciones truncas se pagan de manera proporcional a los meses calendarios completos laborados en el periodo correspondiente (enero-junio, julio-diciembre). El plazo para este pago es de 48 horas contadas desde el día siguiente del cese.
Las gratificaciones no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.
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