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Darán S/400 por escolaridad a trabajadores públicos
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Fecha Actualización
Si usted trabaja en el sector público, a fin de mes recibirá S/400 adicionales a su remuneración. Este monto es el bono de escolaridad cuya entrega ha dispuesto el Poder Ejecutivo en favor de varios grupos que laboran en el Estado.
Los trabajadores que recibirán esta bonificación, por disposición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), son todos los funcionarios y servidores públicos nombrados y contratados por las leyes 29944 y 30512.
La norma también contempla a los trabajadores de la salud que han sido contratados bajo el Decreto Legislativo 1153 y cinco grupos de pensionistas.
Este último grupo de beneficiarios está compuesto solo por los jubilados de los regímenes de la Ley 15117, la Ley 28091, el Decreto Supremo 051-88-PCM y los decretos leyes 19846 y 20530.
Las personas que laboran como docentes y que se desempeñan en institutos y universidades públicas bajo el amparo de la Ley 30220 también están consideradas por esta norma.
Además, el personal de la Policía y de las Fuerzas Armadas y los obreros permanentes y eventuales del Estado también se verán beneficiados.
Tales criterios fueron informados a través del Decreto Supremo 001-2020-EF, publicado en El Peruano.
Requisitos a cumplir
Para poder recibir esta bonificación será importante que los trabajadores del sector público cumplan con algunos requisitos, además de pertenecer a los grupos de beneficiarios mencionados.
El otro requerimiento que debe tener el personal que reciba los S/400 es tener como mínimo tres meses de actividad laboral desde que se hace efectiva la norma.
Tenga en cuenta que si el trabajador tiene menos tiempo desempeñándose en la entidad pública, la bonificación será entregada dividiéndose entre la cantidad de meses que este ha estado laborando.
Tenga en cuenta
-La entrega de bono por escolaridad no es obligatoria en las empresas y organizaciones del sector privado. Sin embargo, este beneficio puede ser entregado a los trabajadores en caso de que el empleador lo considere apropiado.
-El bono por escolaridad no debe ser confundido con la asignación familiar. Este beneficio es entregado a los trabajadores que cuentan con hijos menores de edad.
-La asignación también puede otorgarse si los hijos tienen entre 18 y 24 años y siempre que se acredite que estudian en un instituto técnico o en la universidad.
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