Conoce todo sobre el retiro de la AFP.
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El Congreso de la República aprobó la autógrafa de ley que permite un nuevo retiro de hasta 4 UIT (S/20,600) de los fondos de en una segunda votación en la que se registraron 97 votos a favor, cuatro en contra y cuatro abstenciones.

Según el profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, la liberación de la AFP no se realizará de manera inmediata, sino que ahora tiene que pasar por una serie de procedimientos conforme a los plazos establecidos en los retiros anteriores.

Las acciones necesarias para que el retiro de la AFP sea efectivo son las siguientes:

  1. Posible observación de la autógrafa de ley por parte del Poder Ejecutivo: 06/05/24 (15 días útiles)
  2. Aprobación por insistencia de la ley por parte del Pleno del Congreso: 09/05/24
  3. Promulgación de la ley en el Diario Oficial El Peruano: 10/05/24
  4. Publicación del procedimiento operativo por parte de la SBS: 25/05/24 (15 días calendario).
  5. Inicio de vigencia del procedimiento operativo (inicio de las solicitudes de retiro): 03/06/24.


¿CUÁNDO PODRÉ RETIRAR EL MONTO APROBADO DE MI AFP?


De resolverse todos los plazos antes mencionados, en ese escenario, los retiros efectivos se realizarían en las siguientes fechas:

  • Inicio del 1er retiro (hasta 1 UIT): 03/07/24 (30 días calendario luego de la solicitud).
  • Inicio del 2do retiro (hasta 1 UIT): 02/08/24 (30 días calendario luego del 1er retiro).
  • Inicio del 3er retiro (hasta 1 UIT): 01/09/24 (30 días calendario luego del 2do retiro).
  • Inicio del 4to retiro (hasta 1 UIT): 01/10/24 (30 días calendario luego del 3er retiro).

Asimismo, el plazo para solicitar los retiros vencería el 01/09/24, a los 90 días del inicio de vigencia del procedimiento operativo.


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