Techo Propio: edificación de viviendas sociales contará con normas técnicas propias

El Ministerio de Vivienda apunta a agilizar la obtención de licencias de habilitación urbana con las nuevas disposiciones básicas que se emitan.
Las licencias de habilitación urbana que emitan las municipalidades deben indicar que el proyecto corresponde a uno de interés social. (Foto: GEC)

El diseño y la edificación de viviendas sociales, en el marco de los programas Techo Propio o Crédito Mivivienda, contarán con normas técnicas propias a través de un nuevo reglamento.

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El Poder Ejecutivo emitió el Decreto Legislativo Nº 1469, publicado este viernes en El Peruano, con el fin de modificar la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones para dinamizar la actividad inmobiliaria y agilizar la obtención de licencias de habilitación urbana.

El decreto destaca la inclusión del Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, el cual será la norma técnica de aplicación obligatoria a nivel nacional que establezca las disposiciones básicas para diseñar y ejecutar proyectos de habilitación urbana y/o de edificación para viviendas sociales. Se aprobará mediante decreto supremo del MVCS.

Los promotores inmobiliarios que soliciten las licencias de habilitación urbana y de edificación destinadas a viviendas sociales deberán publicitar en todo momento que sus proyectos están diseñados y se ejecutan según las condiciones establecidas en el próximo reglamento especial. Las licencias que emitan las municipalidades deben indicar que el proyecto corresponde a uno de interés social.

Por otro lado, el decreto señala que las normas técnicas de la edificación (Reglamento Nacional de Edificaciones, el Código de Estandarización de Partes y Componentes de la Edificación y el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación), serán de cumplimiento también por parte del sector público. Las normas de carácter regional, provincial o distrital deberán guardar concordancia con la regulación establecida y, de ser el caso, adecuarse a la misma.

Asimismo, se ha decretado que el Reglamento Nacional de Edificaciones sea el único marco técnico normativo que establezca los criterios y requisitos mínimos para el diseño y la ejecución de proyectos, el cual será aprobado por decreto supremo. La modificación integral o parcial de las normas técnicas se aprobará por resolución ministerial del MVCS, conforme a los avances tecnológicos o la demanda de la sociedad.

El MVCS dispuso que la vigencia de los títulos habilitantes expedidos hasta el 16 de marzo de 2020 se extienda por un plazo similar al establecido para el estado de emergencia nacional y el aislamiento social obligatorio (cuarentena) para contener el avance del coronavirus (COVID-19).

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