PUBLICIDAD
Publican decreto que aprueba reanudación de actividades económicas durante estado de emergencia
Imagen
Fecha Actualización
Tal y como lo anunció el presidente de la República, Martín Vizcarra, el Consejo de Ministros emitió un Decreto Supremo que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva durante el estado de emergencia dispuesto para frenar el COVID-19.
La norma, publicada hoy en El Peruano, detalla que este proceso de reactivación económica consta de cuatro fases para su implementación, las que se irán evaluando permanentemente con las recomendaciones de la Autoridad Nacional de Salud.
La Fase 1 iniciará este mes y comprende actividades como la minería e industria, la explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.
Asimismo, también se habilitarán facilidades para la actividad agropecuaria, la pesca industrial de consumo humano directo, la producción temporal de órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.
Imagen
Las industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo, así como las de metalmecánica y sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura para actividades esenciales también empezarán a funcionar.
En el rubro de construcción, los proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC) y de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC) se retomarán. Entre ellos, también 56 proyectos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y 36 obras de saneamiento.
DELIVERY DE ALIMENTOS
En cuanto a los servicios de turismo, los restaurantes y afines podrán realizar entregas a domicilio siguiendo su propia logística de acuerdo al protocolo de seguridad y recojo en local autorizado por el Ministerio de Salud (Minsa) para evitar contagios de coronavirus.
Los hoteles categorizados y transporte turístico podrán trabajar solo para actividades esenciales.
De igual modo los servicios vinculados a telecomunicaciones y de soporte de TI y servicios profesionales, así como entidades notariales y organizaciones de reciclaje.
IMPLEMENTACIÓN SERÁ GRADUAL
En los próximos días, antes de reinicio de las citadas actividades, las entidades, empresas o personas naturales o jurídicas autorizadas deberán observar los Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19 del Minsa e incluir esos criterios en un Plan para la vigilancia, prevención y control del nuevo virus en el trabajo.
Todos los sectores competentes de cada actividad tendrán acceso al SICOVID-19, plataforma que les permitirá inscribirse y comunicar inmediatamente a la Autoridad de Salud, a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y a los Gobiernos Locales acerca de sus operaciones durante la pandemia.
La supervisión y fiscalización de la reactivación estará a cargo de estas últimas instituciones.
ESTE VIDEO TE PUEDE INTERESAR:
PUBLICIDAD
ULTIMAS NOTICIAS
Imagen
Imagen
Imagen
PUBLICIDAD