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Redacción PERÚ21

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El Poder Ejecutivo aumentó en S/.25 las pensiones de los beneficiarios del régimen del , a partir de enero del 2013, que hayan cumplido 65 años o más de edad al 31 de diciembre del 2012.

Los pensionistas beneficiados deberán contar, para este fin, con una pensión cuyo valor anualizado no exceda el importe de 28 Unidades Impositivas Tributarias (), es decir, S/.103,600.

En caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto, según el decreto supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano.

Para tales efectos, el Ministerio de Economía y Finanzas () autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de 50 millones 17,500 soles para atender el financiamiento del reajuste de las pensiones.

Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto supremo hayan pagado pensiones correspondientes al año 2013, regularizarán el bono del reajuste en el pago correspondiente al mes siguiente.

El inciso 4 de la Ley N° 28449 dispone que las pensiones, percibidas por beneficiarios que hayan cumplido 65 años o más de edad y cuyo valor no exceda el importe de dos UIT, vigentes en cada oportunidad (S/.7,400), serán reajustadas al inicio de cada año mediante decreto supremo.

El mencionado reajuste se hace teniendo en cuenta las variaciones en el costo de vida anual y la capacidad financiera del Estado.