El Perú ha alcanzado un nivel de eficiencia en cantidad de sentencias.
El Perú ha alcanzado un nivel de eficiencia en cantidad de sentencias.

El Poder Judicial recuperó para el Estado peruano 93.5 millones de dólares en dinero y bienes obtenidos por las actividades ilícitas vinculadas a las organizaciones criminales, aplicando el proceso de extinción del Subsistema Nacional de Extinción de Dominio, juez supremo Manuel Luján Túpez.

El funcionario resaltó que nuestro país es considerado como un referente internacional de cómo debe aplicarse el proceso de extinción de dominio. “Es un monto muy representativo en bienes y valor, ha pasado al Estado para que lo destine a obras de bien social, construcción de caminos y puentes, escuelas y hospitales”, explicó Luján, calificando este proceso como “un logro incalculable”.

Para el magistrado, el Perú ha alcanzado un nivel de eficiencia en cantidad de sentencias y que entre los países de América Latina que tienen el modelo oral de extinción de dominio nos encontramos en primer lugar con 1,089 sentencias.

“El segundo logro es que tenemos un sistema oral, muy ágil, este proceso en promedio demora un año hasta que se obtiene la sentencia final. Al ser un proceso oral es muy célere. Este logro ha convertido el modelo de Perú en un referente mundial”, señaló.

El magistrado señaló, además, que el máximo logro obtenido por la justicia peruana en extinción de dominio es la eficiencia, no solo en cantidad sino en calidad de las sentencias, medida a través de un sistema creado por la Real Sociedad Estadística de Oxford, en Gran Bretaña.

Luján precisó que para que los bienes sean extinguidos (decomisados) no basta con que sean ilegales, sino que, generen ganancias ilícitas o estén vinculados al crimen organizado.

“Un juez de extinción de dominio lo que hace es evaluar el artículo 70 de la Constitución que dice que la propiedad es inviolable, el Estado la garantiza, se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de la ley; (los jueces) nos encargamos de determinar si los bienes han sido adquiridos, o se tienen, dentro de la ley o en armonía con el bien común”, indicó el juez supremo.