[OPINIÓN] Milagros Campos: “Las claves de la nueva bicameralidad”. (Fotos : jorge.cerdan/@photo.gec)
[OPINIÓN] Milagros Campos: “Las claves de la nueva bicameralidad”. (Fotos : jorge.cerdan/@photo.gec)

El Congreso aprobó el retorno a la bicameralidad. Como hemos señalado en esta columna reiteradamente, el retorno a la bicameralidad ha estado en la agenda pública y parlamentaria desde que se instaló el unicameralismo, hace 30 años.

Los bicameralismos difieren en muchos aspectos, como los requisitos para ser elegido, las formas de elección de diputados y senadores, las atribuciones de las cámaras y la simetría o asimetría de poder entre ellas.

¿Por qué es importante la reforma?

Nuestro Congreso es bastante más pequeño que el que tuvo el Perú en el pasado, así como respecto a los de otros países de la región, en proporción a su territorio o población. También lo es respecto del número de electores, y se produce una desproporción entre representantes y representados; por ejemplo, Lima Metropolitana, Cusco o La Libertad resultan subrepresentados frente a Tumbes o Moquegua. Dos cámaras deben contribuir a una mayor deliberación, así como a una mejor organización. La experiencia de estos años muestra que, con la creciente fragmentación, ha resultado complicado atender 24 comisiones ordinarias y otros órganos parlamentarios con grupos menores a 10 congresistas. Evidentemente, el buen funcionamiento del Congreso en una democracia depende de otros factores, pero la estructura importa cuando es funcional a esta.

Las claves de lo aprobado

Se eligen 130 diputados y 60 senadores, aunque una ley orgánica puede modificar el número. Los diputados deben contar con 25 años, los senadores con 45, salvo que antes hayan sido congresistas o diputados. Los senadores serán elegidos asegurando que haya un representante por circunscripción y el reto por “distrito único nacional”.

Se ha derogado la prohibición de reelección parlamentaria inmediata, lo cual es positivo en un país con escasas carreras políticas y poca experiencia en el cargo (7% entre los congresistas electos en 2021). Los congresistas se someterán a una rendición de cuentas con la posibilidad de reelección. Solo los diputados cuentan con iniciativa legislativa e inician el procedimiento de aprobación de leyes que revisa, aprueba y modifica el Senado. Los diputados investigan, interpelan y censuran. Los senadores designan y remueven altas autoridades; asimismo, controlan los decretos de urgencia, legislativos y las declaratorias de estado de emergencia que decida el Ejecutivo. La representación nacional escuchará y debatirá la política general del gobierno y principales medidas, pero no tendrá que darle un voto de confianza. Se aleja la posibilidad de disolución que en este caso sería solo de la cámara de diputados.

¿Qué está pendiente?

Muchos temas han quedado para la ley orgánica de desarrollo y los reglamentos de las cámaras. El tema principal es el de la definición de las circunscripciones.