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Tribunal Constitucional decidirá si hijos de Ricardo Morán son peruanos

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Fecha Actualización
Los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) sesionaron ayer por la mañana, para evaluar el pedido del productor de televisión Ricardo Morán: poder inscribir a sus mellizos en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y que obtengan la nacionalidad peruana. El conductor viene esperando cuatro años para que esto suceda, pero el Código Civil de este país —que a todas luces ha quedado desfasado— no se lo permite.
“Hasta la fecha, cuatro años después de su nacimiento, mis hijos siguen estando en el Perú en una situación irregular”, expresó Ricardo Morán. “Yo soy su única familia, soy su sostén. Yo soy peruano, vivo en el Perú, pago mis impuestos aquí. Amo mi país. Y quiero que mis hijos tengan ese derecho que les corresponde básicamente por ser hijos de un ciudadano peruano”, indicó en la audiencia en el TC.
Emiliano y Catalina nacieron en Estados Unidos mediante una gestación subrrogada. Desde ese entonces, Ricardo Morán ha tenido que entrar y salir de Perú cada seis meses, que es el tiempo máximo de estadía para “turistas” como son considerados los hijos del empresario de televisión bajo la normativa actual.
Según el artículo 21 del Código Civil de 1984, solo la madre tiene la facultad de inscribir a su hijo en Reniec sin necesidad de revelar el apellido del padre. Pero si los papeles se invierten, y es el progenitor quien desea registrar a su menor, tiene que declarar obligatoriamente el apellido de la madre.
Sucede que Ricardo Morán no puede revelar la identidad de la madre biológica de sus mellizos porque desconoce dicha información.
Esto nunca fue un problema para el conductor cuando quiso registrar a sus hijos en Estados Unidos. Pero aquí en Perú, Emiliano y Catalina no tienen una cédula de identidad, una partida de nacimiento o un pasaporte. Es decir, para el Estado peruano, los dos pequeños no existen.
Para el abogado constitucionalista Samuel Abad, que el Estado no reconozca a los hijos de Ricardo Morán como ciudadanos peruanos atenta contra derechos fundamentales como el de la identidad.
“Acá la norma está desfasada con la realidad. Entonces, el Tribunal tiene la oportunidad, al margen de lo que diga el Código Civil, de aplicar el interés superior del niño, el Derecho a la Identidad. Y como consecuencia de ello, resolver el caso a favor del reconocimiento de la paternidad del señor Morán, y ordenarle a Reniec que inscriba a los niños con el apellido del padre”, concluyó Abad.
No obstante, el magistrado Gustavo Gutiérrez tiene una visión conservadora del caso, propia de tiempos de la Inquisición. Para el tremendo tribuno, la maternidad subrrogada no es una posibilidad en el país porque la cultura del pueblo peruano no lo permite.
“La constitución también es cultural”, afirmó Gutiérrez. “¿Cómo se pretende inscribir algo que no está permitido en el Perú?, ¿cuál es la urgencia?”, cuestionó el juez.
Frente a esto, Abad sostuvo que un argumento cultural no puede ser usado para restringir derechos.
EXHORTACIÓN AL CONGRESO
Perú21 conversó con la abogada constitucionalista Elizabeth Zea, quien pidió al Congreso cambiar el artículo 21 del Código Civil. De este modo, los padres también podrían inscribir a sus hijos con sus dos apellidos.
“No solamente las madres solteras nos podemos quedar a cargo de un niño”, afirmó Zea. “De repente, la madre no quiere saber nada del bebé y abandona el hogar, ¿por qué no pensar que eso puede pasar? Más allá de que el caso se llame Ricardo Morán.”

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