Este jueves se evaluó la apelación al recurso de tutela de derechos presentado por la defensa de Susana Villarán. (Foto: GEC)
Este jueves se evaluó la apelación al recurso de tutela de derechos presentado por la defensa de Susana Villarán. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción dejó al voto su decisión sobre la apelación al recurso de tutela de derechos solicitado por la defensa de la exalcaldesa de Lima, .

La decisión será notificada tanto al abogado de Villarán como al representante del Ministerio Público en el plazo de ley y en sus “respectivas casillas electrónicas”, se anunció.

El recurso de tutela de derechos cuestionaba la acumulación de las investigaciones por la revocatoria y la reelección que realizó el fiscal Carlos Puma, miembro del equipo especial del caso Lava Jato, cuando formuló el requerimiento de prisión preventiva contra la exalcaldesa.

El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Sistema de Corrupción de Funcionarios declaró infundado el pedido de tutela de derechos que planteó la ex alcaldesa de Lima el 21 de junio último, lo que generó la protesta de la defensa de Villarán.

Durante la audiencia, el abogado de la exburgomaestre, Raúl Pariona Arana, se ratificó en su pedido y solicitó la aplicación de la ley y la Constitución respecto a la facultad del de acumular investigaciones en estados diferentes y si es el fiscal quien tiene la competencia para acumularlas.

“El Ministerio Público acumuló dos investigaciones, (...) nosotros acudimos al Poder Judicial para señalar que esa actuación es incorrecta e ilegal”, indicó ante el juez.

“Lo que ha acontecido en este caso es que mi patrocinada se hallaba en investigación preliminar y al día siguiente estaba en investigación preparatoria sin que se haya formalizado la investigación preparatoria en su caso y un día después se solicita su prisión preventiva. Creo que ese es un procedimiento que es incorrecto y hay que corregir”, refirió.

Por su parte, el fiscal Hernán Mendoza Salvador sostuvo que sí es posible la acumulación de las carpetas por estar referidas al mismo delito.

“Nuestra respuesta es que sí procede la acumulación, (...) porque la disposición seis que se cuestiona se refiere a un mismo hecho punible que es el delito de asociación ilícita para delinquir, aparecen varias personas y por eso se decidió acumular esta investigación”, explicó.

Finalmente, consideró que la resolución judicial “debe ser ratificada” por el órgano superior.

Como se recuerda, cumple una orden de 24 meses de prisión preventiva por la presunta comisión de los delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo propio y lavado de activos. Se le imputa haber recibido dinero de las empresas Odebrecht y OAS para financiar la campaña en contra de su revocatoria y su reelección a la alcaldía de Lima. 

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