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Roel alega que Congreso no decide desafuero de Humberto Acuña por falta de quórum en JNE

El presidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Luis Roel (Acción Popular), aseguró este miércoles que el Congreso de la República no puede proceder con el desafuero del congresista Humberto Acuña (Alianza para el Progreso), sobre quien pesa una sentencia firme de tres años de pena privativa de libertad, debido a que “no hay quórum en el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE)".

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El presidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Luis Roel Alva (Acción Popular), aseguró este miércoles que el Congreso de la República no puede proceder con el desafuero del congresista Humberto Acuña (Alianza para el Progreso), sobre quien pesa una sentencia firme de tres años de pena privativa de libertad, debido a que, sostuvo, “no hay quórum en el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE)".
El legislador precisó que, al no existir quórum en dicha entidad, esta no puede emitir una “comunicación formal” al Parlamento y existe “un vacío legal” que impide que el Parlamento pueda proceder con el pedido del Poder Judicial.
Cuando tiene estas situaciones como la del congresista [Humberto] Acuña [con sentencia firme], quien tiene que remitir esa solicitud al Congreso de la República es el Pleno del JNE. Como ustedes saben, muchos de ellos tienen el mandato vencido, por lo tanto, al no haber quórum en el Pleno del JNE, este no ha podido remitir la comunicación formal y, siguiendo el procedimiento parlamentario, al Congreso de la República”, sostuvo en conferencia de prensa.
Hay un problema de un vacío jurídico que el Congreso de la República va a tener que ver cómo lo subsana para que no sucedan estos vacíos legales en los que hoy nos encontramos. No hay un Pleno en el JNE para iniciar el procedimiento parlamentario; frente a esa situación, el Congreso no puede hacer nada. Está en la cancha del JNE, no es un tema que el Legislativo no quiera actuar en relación a ese tema”, señaló.
Lo cierto, sin embargo, es que el JNE sí tiene a la fecha el quórum necesario. Más aún, cabe señalar que el Poder Judicial envió al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el 1 de setiembre el oficio Nro. 6011-2015-32 notificando la condena impuesta contra Acuña Peralta a fin de que proceda conforme a la ley.
En ese contexto, el órgano electoral remitió a su vez un oficio al Parlamento dando cuenta de esta información. Pese a ello, el Poder Legislativo no ha resuelto el tema hasta la fecha.
El 2 de setiembre, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ratificó la condena de tres años de pena privativa de libertad suspendida que se le impuso al congresista Humberto Acuña en diciembre del 2019.
En dicho fallo también se le impuso la inhabilitación de tres años que consiste en la incapacidad de asumir cargo de carácter público; además de 274 días multa que equivalen a S/ 68.199 y el pago de S/30 mil como reparación civil de manera solidaria con sus co-procesados.

Proyecto de ley
En otro momento, Roel explicó que ha propuesto una iniciativa legislativa para evitar que se produzcan este tipo de situaciones. Indicó que su proyecto plantea que el mandato de los integrantes del pleno del JNE se mantenga vigente hasta que se designen sus remplazos como sucede con los magistrados del Tribunal Constitucional (TC).
Lo que se debería hacer, y es un tema que yo ya he propuesto a través de un proyecto de ley, es de que así como sucede con el TC que cuando vence el mandato de los magistrados hasta que son remplazados mantienen sus funciones” ,manifestó.
Lo que sucede con el Pleno del JNE es que acaban su mandato y ellos ya no pueden mantener el ejercicio de sus funciones y tienen que esperar su remplazo para que exista un quórum en el pleno del mismo JNE”, detalló.
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