Martín Belaunde Lossio cumple arresto domiciliario en Bolivia. (Reuters)
Martín Belaunde Lossio cumple arresto domiciliario en Bolivia. (Reuters)

Redacción PERÚ21

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La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente por unanimidad el pedido de extradición de , elaborado por la Procuraduría Anticorrupción, a cargo de Joel Segura.

El titular de dicha instancia, Javier Villa Stein, recordó que la solicitud se sustenta en la comisión de 2 presuntos delitos: peculado y asociación ilícita para delinquir.

Respecto del primero, el juez supremo explicó que no es aplicable a Martín Belaunde Lossio, otrora amigo de la pareja presidencial, debido a que no es funcionario público.

En cuanto al delito de asociación ilícita para delinquir, Villa Stein informó que la sanción no supera los 2 años de cárcel y que el Tratado de Extradición con Bolivia establece que no procede la extradición por un delito que no sobrepasa el referido plazo.

"No se trata de fabricar delitos a la carta, se trata de hacer las cosas bien, porque un Poder Judicial independiente, una sala penal independiente que respeta el principio de legalidad, no puede hacer las cosas por preferencias o voluntades políticas, tiene que hacer las cosas conforme al derecho y conforme a la ley", añadió Villa Stein.

Conocido el fallo judicial, el abogado de Martín Belaunde Lossio, José Urquizo, adelantó solicitará de inmediato que se le levante la orden de arresto provisorio del empresario, quien cumple arresto domiciliario en La Paz, Bolivia.