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Publican nueva ley de cine peruano a través de Decreto de Urgencia

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Fecha Actualización
El diario El Peruano publicó la nueva Ley de cine peruano a través de un decreto de urgencia firmado por el exministro de Cultura, Francesco Petrozzi.
El decreto de urgencia 022-2019 señala tener como objetivo “promover la actividad cinematográfica y audiovisual a fin de contribuir a su desarrollo integral, sostenido e inclusivo”.
La nueva ley de cine señala como finalidades promover e impulsar de manera integral y descentralizada la actividad cinematográfica y audiovisual; fomentar y salvaguardar la diversidad de expresiones culturales del país. Asimismo estimular la educación en el país, así como el intercambio de conocimientos, experiencias a través de la actividad cinematográfica y audiovisual; Garantizar la libre circulación de las obras favoreciendo el acceso de la ciudadanía a ellas; y promover la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres que participen en la actividad cinematográfica y audiovisual.
ESTÍMULOS ECONÓMICOS
Para estos fines, el decreto de urgencia otorga una serie de estímulos económicos a personas naturales y jurídicas que participen en la actividad cinematográfica y audiovisual. Estos beneficios se otorgan a través del Ministerio de Cultura con cargo a los recursos de su presupuesto anual “asignando para ello un mínimo de 6,000 UIT”, indica la norma. Se precisa también que los criterios para su designación se darán en el reglamento respectivo de la nueva ley de cine peruano.
Además, se establecen los estímulos concursables y los no concursables. El primero está destinado a premiar obras y financiar los proyectos ganadores de concursos impulsados por el Ministerio de Cultura. Y el segundo, promueve actividades relacionadas a la promoción nacional e internacional de producciones cinematográficas y audiovisuales, preservación del patrimonio audiovisuak al fortalecimiento de capacidades y a la formación de públicos".
Por otro lado, la norma señala que las personas naturales y jurídicas que realicen donaciones de dinero para proyectos cinematográficos “podrán deducir como gasto para la determinación del Impuesto a la Renta hasta el 10% de la suma de la renta neta del trabajo y de la renta de fuente extranjera o hasta el 10% de la renta neta de tercera categoría luego de efectuada la compensación de pérdidas a que se refiere el artículo 50 de la Ley del Impuesto a la Renta".
EDUCACIÓN CINEMATOGRÁFICA
La norma también señala que el Ministerio de Cultura y de Educación promoverán la enseñanza del lenguaje audiovisual y su apreciación crítica a niños y adolescentes.
Igualmente se impulsará “la formación profesional, capacitación y especialización de nivel superior dirigido a artistas, técnicos, profesionales-técnicos y profesionales en las diversas áreas de la actividad cinematográfica y audiovisual, con especial énfasis en los nuevos productores”.
PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN
En el capítulo V, la nueva ley de cine peruano establece medidas para promover las producciones nacionales. Así, en su artículo 17, indica que el Ministerio de Cultura y la Cancillería “realizarán acciones de promoción internacional de producciones impulsando su presencia en eventos internacionales”.
Por otro lado, se dispone que a través del Instituto Nacional de Radio y TV del Perú (IRTP) se realizarán acciones de coordinación de promoción y difusión de producciones y desarrollo de la actividad cinematográfica. Asimismo, el IRTP promoverá “espacios de difusión, estudio y debate de las obras cinematográficas y audiovisuales”. Además, se indica que esta institución promoverá espacios de difusión, estudio y debate de obras nacionales.
En lo referido a la exhibición de producciones nacionales, se indica que estos se darán según lo pactado en contratos y de acuerdo “a las condiciones comerciales para el estreno y exhibición de la obra”.
De igual manera, se indica que “salas de arte y ensayos, cinematecas, cineclubs y otros espacios de exhibición alternativa” puede acceder a estímulos económicos siempre que estén registrados y acreditados por el Ministerio de Cultura.
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Asimismo, el decreto de urgencia establece que el Ministerio de Cultura podrá incentivar la creación y circulación de obras cinematográficas en el entorno digital.
Por otro lado, se señala que el Ministerio de Cultura cuenta con un archivo de custodia de obras peruanas denominado Cinemateca Peruana, creado para “evitar su deterioro, destrucción o pérdida. Su fin es garantizar la conservación, recuperación y exhibición del patrimonio audiovisual de la Nación, en cualquier medio o plataforma”.
Finalmente, en la primera disposición complementaria final del decreto de urgencia, se dispone la creación del Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual. Se trata de un instrumento de inscripción de las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades cinematográficas y audiovisuales. Se precisa que la inscripción en el registro es “un requisito previo para acceder a los beneficios” de la norma.
Se establece que en este registro se inscriben los proyectos que pueden ser susceptibles de recibir donaciones.
Entre otro artículos a destacar, se encuentra está la promoción del cine indígena u originario. Estos se refieren a obras en los que los sujetos que participan en ella, intervienen en su producción, elementos de contenido de las obras o etapas de su realización.
La nueva ley de cine ha sido publicada en la misma edición en que se oficializó la renuncia al cargo del exministro Petrozzi y el nombramiento de su sucesora, Sonia Guillén.
Precisamente, la noche del miércoles, cuando Petrozzi aún era ministro de Cultura, sostuvo una reunión con el premier Vicente Zeballos en Palacio de Gobierno. En dicho encuentro, según trascendió, se habló de la ley de cine.