Acuña deberá sustentar su posición ante el Pleno del JNE (USI).
Acuña deberá sustentar su posición ante el Pleno del JNE (USI).

Las descalificaciones parecen perseguir a. En 2016 fue excluido de las elecciones presidenciales por entrega de dádivas y, el viernes pasado, el de Lima Centro 1 lo sacó de carrera esta vez por no informar que es propietario de un inmueble en La Molina. Aunque el líder de APP anunció que apelará el caso ante el JNE, el Pleno tiene una tendencia jurisprudencial que si se mantiene en ella podría dejarlo fuera de carrera.

CASOS COMO CANCHA

Los expertos en derecho electoral José Tello, Eder Vitón y Víctor Velásquez indicaron a Perú21 que el pleno del JNE ha emitido “numerosas sentencias” que disponen excluir a candidatos por omitir información sobre bienes.

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Por ejemplo, en las elecciones de 2020, el JNE ratificó el fallo del JEE Lima Centro 1 que retiró a , quien postulaba al Congreso con Perú Patria Segura, por no consignar en su hoja de vida un vehículo del año 2012 que usaba su esposa.

Igual ocurrió con Isaac Humala, padre del expresidente y candidato , quien quedó fuera del mismo proceso electoral con Perú Libre por no dar cuenta de un vehículo. Lo mismo pasó con Alberto Quintanilla (Frente Amplio) por no informar al JNE de varios inmuebles.

Vitón y Velásquez mencionaron un caso de las elecciones municipales de 2018 en que el candidato a regidor por Lima Pedro del Rosario (APP) no declaró un inmueble inscrito en Registros Públicos al momento de postular y fue excluido.

“Ese es el criterio que tiene el jurado. Puede que cambie de opinión, pero si ocurriera, deberá motivar muy bien sus razones”, declaró Tello.

Ayer por la mañana, mientras continuaba realizando sus actividades de campaña en Ate, Acuña dijo: “El statu quo teme cuando un provinciano se mete al ruedo. Esta vez no podrán conmigo”.

SALTÓ EN SU DEFENSA

El candidato a la Presidencia por Victoria Nacional, George Forsyth, escribió ayer un tuit en el que critica la decisión del JEE Lima Centro 1 que, por ahora, ha sacado de carrera a Acuña. Se trata del único candidato presidencial que ha salido en su apoyo.

“Es absurda y poco democrática. No dejemos que una formalidad administrativa le quite el derecho a participar en las elecciones”, escribió Forsyth.

Respecto a este planteamiento, por el que Forsyth expresó que el derecho constitucional de los ciudadanos a postular en elecciones está por encima de la ley electoral, Tello comentó que no es acorde al derecho.

“Existe una norma y debe ser aplicada. Aunque exista una norma constitucional, esta se regula por una ley especial y debe ser aplicada. En ese sentido, la norma electoral indica que la omisión de informar sobre un bien conlleva a la exclusión”, subrayó el abogado.

DATOS:

La resolución del JEE Lima Centro 1 señala que el personero legal de APP argumentó que no se consignó el inmueble de La Molina de César Acuña debido que, a la fecha de inscripción del candidato, aún no estaba registrado en Sunarp.

Al respecto, Tello comentó que la ley electoral dispone que se debe informar en la hoja de vida del JNE “toda propiedad bajo dominio del postulante; es decir, no importa que esté registrado o no en Registros Públicos”.

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