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JNJ: jefes de control del Poder Judicial y Fiscalía asumirán sus cargos en enero del 2021

El Poder Judicial y el Ministerio Público contarán con sus propios jefes nacionales de control a partir del 15 de enero de 2021, según el cronograma los concursos públicos convocados por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

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Fecha Actualización
El Poder Judicial y el Ministerio Público contarán con sus propios jefes nacionales de control a partir del 15 de enero de 2021, según el cronograma los concursos públicos convocados por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Para esa fecha está prevista la ceremonia de juramentación, tras el proceso de selección que comprende cuatro etapas de evaluación: curricular, de conocimientos, del plan de trabajo, y la entrevista personal.
Cronograma del proceso
Tras la publicación de la convocatoria a inicios de setiembre, el día 25 comenzará el plazo para el pago por derechos de inscripción hasta el próximo 6 de octubre.
Del 28 de setiembre al 7 de octubre será la inscripción y presentación de documentos de aptitud, y el 19 de octubre se publicará la relación de postulantes aptos.
La etapa de evaluación curricular irá del 20 de octubre hasta el 24 de noviembre; la evaluación de conocimientos, entre el 26 y 29 de noviembre; la del plan de trabajo, entre el 30 de noviembre y 14 de diciembre.
Finalmente, la etapa de entrevistas será del 14 de diciembre y hasta el 12 de enero del 2021. Un día después, la JNJ publicará las calificaciones de las entrevistas, el cuadro de méritos y los resultados de la votación.
¿Cuáles serán sus funciones?
La Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público son los órganos encargados del control funcional de los jueces y fiscales de todas las instancias, así como del personal administrativo en dichas entidades.
Ambas fueron creadas a través de las leyes 3160 y 3161, publicadas en mayo de 2019. El control funcional comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción.
Las autoridades de control tienen la facultad de investigar, en el marco del procedimiento administrativo-disciplinario, los hechos, acciones u omisiones que constituyan infracciones disciplinarias por parte de los jueces y fiscales (con excepción de jueces y fiscales supremos).
Además, recibirán quejas y reclamos contra un juez, fiscal o personal del Poder Judicial y Ministerio Público, recogerán testimonios, inspeccionará los despachos de jueces y fiscales, sin aviso.
Del mismo modo, dispondrán medidas cautelares, efectuarán investigaciones, impondrán sanciones disciplinarias, supervisarán su cumplimiento y promoverán la transparencia, informó Andina.
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