Javier Villa Stein: Análisis jurídico sobre la situación del Juez Supremo tras su negativa de asistir a la comisión Áncash. (César Fajardo)
Javier Villa Stein: Análisis jurídico sobre la situación del Juez Supremo tras su negativa de asistir a la comisión Áncash. (César Fajardo)

Redacción PERÚ21

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Este martes, la presidenta del Congreso Ana María Solórzano declaró a la prensa que el Procurador del parlamento iba a solicitar al Poder Judicial que el Juez Supremo, , asista al Parlamento de grado o fuerza, es decir obligado por mandato judicial.

La medida se adoptó luego de que el Juez se negase por cuarta vez a asistir al Congreso a declarar por el caso Áncash. Villa Stein ha sido citado para aclarar el convenio que firmó como presidente del Poder Judicial en 2009 con el ex presidente regional de Áncash, César Álvarez.

COMISIONES INVESTIGADORASEl Congreso tiene tres funciones principales: representativa, legislativa y de control. Las Comisiones Investigadoras corresponden a esta última función. Se crean para controlar, investigar y aclarar casos de interés público. Por lo general, se trata de casos de manejo irregular de fondos públicos y/o actuaciones sospechosas de altos funcionarios. Las investigaciones de una Comisión culminan con un informe.

En estos informes la Comision no determina si el funcionario en cuestión tiene o no una responsabilidad penal en los hechos objeto de la investigación, sino una responsabilidad política. Es decir, el Pleno del Congreso puede basarse en ellos para dictaminar una sanción solamente política (por ejemplo, inhabilitación para el desempeño de la función pública). Cualquier indicio de responsabilidad penal deberá ser trasladado a la Fiscalía (entidad competente para perseguir el delito).

JUECESSegún el artículo 97 de la Constitución, todas las personas que son citadas por una Comisión del Parlamento están obligadas a asistir. El artículo 88 del Reglamento del Congreso, en la misma línea, especifica que las autoridades, los funcionarios, servidores públicos y cualquier persona están obligados a comparecer y proporcionar la información y documentos que la Comisión requiera. Es decir, según la Constitución y el reglamento, el Congreso no tendría ningún impedimento para exigir la asistencia a declarar de un magistrado.

De acuerdo con el presidente de la Comisión Investigadora del caso Áncash, Mesías Guevara, "los jueces supremos son funcionarios públicos que pueden y deben dar cuenta a la nación de sus actos". Por eso considera que el Juez Supremo, Javier Villa Stein, está obligado a asistir al Congreso.

Por su parte, el constitucionalista Samuel Abad opina que la principal limitación de las Comisiones Investigadoras es que "no pueden interferir en la *función jurisdiccional*". Es decir, al igual que cualquier otra autoridad, no pueden cuestionar las sentencias o resoluciones emitidas por el Poder Judicial.

Según el magistrado Villa Stein, la citación del Congreso vulnera la independencia de sus funciones. Mesías Guevara, por su parte, explica que Villa Stein no es citado para analizar temas jurisdiccionales, sino administrativos, es decir, el convenio que firmó con Álvarez.

El artículo 139 de la Constitución señala que la facultad de investigación del Congreso no debe interferir en los procesos judiciales ni generar efecto jurisdiccional alguno. Es decir, la vía judicial y la vía del Congreso deben ir por cuerdas separadas.

CITACIÓN BAJO GRADO O FUERZADe acuerdo con el constitucionalista Abad, si una persona se niega a asistir a declarar ante una Comisión (o a entregar los documentos requeridos para la investigación), los jueces cuentan con mecanismos de coerción para obligarla. Estos mecanismos reciben el nombre de apremios.

Existen dos tipos de apremios:

  • Primero, forzar a la persona a asistir al Parlamento o a entregar determinada documentación.
  • Segundo, allanar el domicilio o incautar archivos o informes que son objeto de la investigación.

La solicitud la envía el procurador –abogado- del Congreso a un Juez Especializado en lo Penal. Este debe evaluar si procede o no. Si confirma la solicitud, dicta una orden para que el citado sea llevado por la Policía Nacional al Congreso.

Según Villa Stein, el nuevo código procesal penal permite que los jueces de la Corte Suprema puedan declarar desde su despacho. Por ello, invocó al congresista Guevara que le permitiera declarar bajo esa modalidad. La norma aludida artículo 167 regula un listado de altos funcionarios, entre los cuales destacan los vocales de la Corte Suprema, que pueden declarar en un proceso judicial desde su domicilio o su despacho.

Sin embargo, la investigación que realiza una Comisión del Congreso no es un proceso judicial. Según explica el penalista Julio Arbizu, el artículo 167 –que permite a una autoridad declarar desde su casa o despacho- solo podría aplicarse fuera de un proceso judicial en el caso de que existiera un vacío legal, es decir que no existiera una norma que regulase la investigación de la Comisión. Pero esta se encuentra regulada por el propio reglamento del parlamento.

Por Josefina Miró Quesada