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Penalista Iván Meini sobre Andrés Hurtado: “Nada le impide ser colaborador eficaz”

El exprocurador y penalista analiza la posibilidad del conductor de televisión Andrés Hurtado, ahora detenido preliminarmente, para acogerse a la colaboración eficaz. 

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“[Andrés Hurtado] tiene que confesar delitos y entregar más evidencias”, refiere el penalista y exprocurador, Iván Meini
Fecha Actualización

Tras su detención y la renuncia de su defensa legal, la situación de Andrés Hurtado ha cambiado. ¿El conductor de televisión cumple con los requisitos o tiene algún impedimento para acogerse a la colaboración eficaz en este caso?

El señor Hurtado en cualquier momento se puede acoger al proceso de colaboración eficaz, no hay impedimento; claro, ello en la medida en que el ahora detenido considere que tiene algo que ofrecer a la Fiscalía, y que ha incurrido en algún delito. Sobre su defensa legal, sé que se le ha asignado un defensor público y más allá de que Hurtado no se ha declarado en insolvencia sí le corresponde.

 

En caso exista voluntad de Hurtado de acogerse a este proceso, ¿hay algunas imposiciones que le haría el Ministerio Público?

La ley tiene ciertos presupuestos, principalmente Hurtado tiene que confesar los delitos en los que haya incurrido y ofrecer, además, alguna evidencia que descargue al Ministerio Público de la necesidad de investigar. Todo dependerá de él, pero sobre todo de lo que le interese decir para su beneficio.

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¿Hurtado solo tiene que responder preguntas referidas a las tres carpetas fiscales que tiene abiertas o puede brindar información sobre otros hechos?

Si Andrés Hurtado tiene información sobre otros hechos, más allá de los incluidos en sus tres carpetas fiscales, entre estas la de su presunta implicancia en la devolución de oro a la empresa de Miu Lei, podría también ponerla a disposición de la Fiscalía, pero eso implicaría reconocer algún tipo de responsabilidad sobre esos otros hechos,. Él, si quiere, puede declarar sobre otros hechos, todo pasa por saber si él está dispuesto a reconocer algún tipo de responsabilidad que pueda tener en estos hechos o en otros que no se conozcan todavía. Si esa predisposición no existe, entonces no va a solicitar acogerse a este proceso y tampoco se conocerían otros detalles que pueden ser importantes en el caso.

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¿La nueva ley aprobada por el Congreso que reduce el plazo de la colaboración eficaz a ocho meses aplica para Hurtado si decidiera acogerse a este proceso?

Por supuesto. Para este caso de Hurtado y para cualquier otro caso. No es que sea solo por una investigación por organización criminal; sí aplica para cualquier proceso.