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Elecciones 2021: ¿Qué acciones constituyen delitos electorales y cuáles son sus sanciones?

El Ministerio Público recordó a la población peruana una serie de acciones que constituyen delito electoral, así como las sanciones correspondientes, a pocas horas de la segunda vuelta de las Elecciones Generales de Perú de 2021, que se realizará el próximo domingo 6 de junio.

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El Ministerio Público recordó a la población peruana una serie de acciones que constituyen delito electoral, así como las sanciones correspondientes, a pocas horas de la segunda vuelta de las Elecciones Generales de Perú de 2021, que se realizará el próximo domingo 6 de junio.
A través de su cuenta en Twitter, la Fiscalía pidió evitar actuar contra la ley y detalló qué acciones constituyen delito electoral:
Hacer propaganda política dentro de las 24 horas previas al 6 de junio tiene una pena privativa de la libertad no menor de 2 años.Impedir a un elector ejercer su derecho de sufragio tiene una pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años.Emplear la violencia o la amenaza para impedir el desarrollo del proceso electoral se sanciona con pena privativa de la libertad no menor de 3 años ni mayor de 10.Inducir a un elector a no votar o a votar en un determinado sentido es sancionado con pena privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de 4.Suplantar a un votante o votar más de una vez se castiga con pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años.Votar con DNI ajeno o sin contar con el derecho al sufragio tiene una pena privativa de la libertad no menor de 6 meses ni mayor de 2 años.Falsificar o destruir ánforas, actas de escrutinio, registros electorales o DNI tiene una pena privativa de la libertad no menor de 2 años ni mayor de 8.Portar armas desde un día antes de las elecciones y hasta un día después de ellas se castiga con pena privativa de la libertad no menor de 1 mes ni mayor de 1 año.Propagar enfermedades peligrosas o contagiosas tiene una pena privativa de la libertad no menor de 3 ni mayor de 10 años.Violar las medidas sanitarias recibe una sanción no menor de 6 meses ni mayor de 3 años.Vender bebidas alcohólicas incumpliendo la Ley Seca 24 horas antes y 24 horas después del acto electoral recibe una pena privativa de la libertad no mayor de 6 meses.
El Ministerio Público también remarcó que desde el inicio del acto electoral –el 6 e junio- identificará delitos contra la voluntad popular, actos de violencia o amenaza contra autoridades electorales, actos que perturben la tranquilidad pública y delitos de discriminación e incitación a ella.
“El Ministerio Público se mantiene alerta realizando acciones para prevenir el delito”, sentenció la entidad en su cuenta en Twitter.
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