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El Pleno del Congreso destituye a dos de los siete miembros de la JNJ

Inés Tello y Aldo Vásquez fueron inhabilitados por 10 años de la función pública. Los otros 5 se salvaron. Hubo cuatro pedidos de reconsideración de la votación. Finalmente, el voto de José Luna Gálvez fue clave.

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Fecha Actualización
En medio de una sesión apañada por cuatro pedidos de reconsideración para cambiar la votación, el Pleno del Congreso decidió destituir de sus cargos al vicepresidente de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Aldo Vásquez, y a su integrante Inés Tello. Al resto de miembros de dicha entidad, resolvió que se mantengan en sus puestos.
El informe final del caso JNJ, aprobado ayer, por separado, recomendó que Vásquez y Tello sean acusados constitucionalmente e inhabilitados por diez años de la función pública.
Con esa decisión del Pleno, de cortar la cabeza solo a dos de los cinco integrantes —Imelda Tumialán, Antonio de la Haza, María Zavala y Guillermo Thornberry— se salvaron no solo de ser removidos de sus cargos, sino de ser acusados constitucionalmente e inhabilitados diez años de la función pública.
En el caso de José Ávila, por haber renunciado recientemente a la JNJ, solo se libró de ser acusado constitucionalmente.
VÁSQUEZ TUVO LA PEOR SUERTE
Durante la jornada que duró casi nueve horas, se presentaron reconsideraciones de votación de cuatro congresistas: Tello, Vásquez, Tumialán y De la Haza.
Vásquez fue el integrante que tuvo la peor suerte en esa segunda vuelta de la votación. Esto, porque en la primera se salvó de ser destituido. Y, en la segunda rueda de sufragio, el Pleno le bajó el dedo.
En la primera votación, el vicepresidente de la JNJ se salvó por dos votos de la destitución. El escrutinio solo alcanzó 65 votos a favor, 24 en contra y 3 abstenciones.
Sin embargo, posteriormente, Fuerza Popular pidió una reconsideración de esa ronda de votación. Al someterse a un nuevo escrutinio, el resultado fue de 67 votos a favor, 22 en contra y 1 abstención. Con esa decisión final, fue destituido.
Lo que llama la atención es que tanto Tello como a Vásquez fueron removidos de sus puestos con las justas. Esto, porque sus votaciones obtuvieron 67 votos, el mínimo requerido por el reglamento para dicha votación. Un voto fue clave: el de José Luna Gálvez.
A Tello, desde la bancada de Cambio Democrático, quisieron lanzarle un salvavidas a través de la reconsideración de la primera votación, pero en la segunda vuelta no alcanzó la mayoría simple de los votos para su admisión.
CASO TELLO
El informe final del caso JNJ, se recuerda, fue aprobado el 26 de febrero último en la Comisión Permanente, y recomendaba acusar constitucionalmente e inhabilitar por 10 años a toda la JNJ. Esto, por haber vulnerado los incisos 3 de los artículos 156 y 139 de la Constitución, por mantener en el cargo a Tello, pese a tener más de 75 años de edad, cuando la Carta Magna lo prohibía.
Tello, al cierre de la edición, alegó que José Luna Gálvez de Podemos no debió votar por ser parte de la Comisión Permanente. Sin embargo, el Legislativo interpretó su reglamento y le dio validez al voto de Luna (Ver recuadro).
SABÍA QUE
-“La Junta Nacional de Justicia no podría funcionar si no tiene un quorum de cinco miembros, cuando menos”, señaló a Perú21 Aldo Vásquez.
-El inciso 3 del artículo 156 de la Constitución señala que para ser miembros de la JNJ no pueden tener más de 75 años de edad, señala el informe final. Al mantener a Tello, hoy con 78 años, cometieron la infracción.
-Los siete miembros de la JNJ asistieron al Hemiciclo, junto a sus abogados Samuel Abad y Omar Cairo, a defenderse.
-Quedó pendiente la segunda votación del presidente de la JNJ, Antonio de la Haza. En la primera votación, se salvó de ser removido de su cargo.

Oficina de José Luna: “Sí” podía votar
Despacho de legislador de Podemos señaló que no votó en la Comisión Permanente.
Debido a la carta enviada por Inés Tello al presidente del Congreso, Alejandro Soto, para declarar la votación como inexistente, la oficina de José Luna informó a Perú21 que el legislador tenía la luz verde para votar. Esto, porque el pasado 26 de febrero, cuando se votó el referido informe en la Comisión Permanente, él no lo hizo.
Según la oficina del legislador de Podemos, el relator, en el Pleno, leyó la lista de miembros de la Comisión Permanente que no podían votar en la sesión de hoy, y entre ellos estaban Francis Paredes y Kira Alcarraz.
“El congresista José Luna no ejerció su voto en la Comisión Permanente del 26 de febrero de 2024, por lo tanto, estaba habilitado para ejercer su voto en la sesión del Pleno del jueves 7 de marzo, en consecuencia no existe ninguna causal de nulidad en la votación”, es parte de un comunicado de la Oficina de Comunicaciones del Congreso.
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Constitucionalista Ernesto Blume: “No inhabilitar a todos es incoherente”
“Es ponderable que el Congreso, en ejercicio de sus competencias constitucionales, haya promovido un procedimiento constitucional para determinar la responsabilidad de los miembros de la JNJ por una infracción constitucional consistente en haber desconocido el artículo 156, inciso 3, de la Constitución, que establece como un requisito consustancial al cargo de miembro de la JNJ el estar entre 45 y 75 años. Ese es un requisito que está escrito de forma clara e inequívoca en la Constitución y ha sido violentado por los miembros de la JNJ.
Que no se haya inhabilitado a todos los miembros, desde mi punto de vista, es incoherente. Todos los congresistas que han votado por la inhabilitación de algunos miembros, han debido hacer lo mismo con los otros. Por otro lado, creo que el impedimento para votar en el Pleno es cuando se ha participado en la votación en la Comisión Permanente. Quien no participó podía votar en el Pleno”.
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