Esta exhortación no influye en la determinación de si el investigado o sentenciado cumple o no con el grado de suficiencia exigido para que se evalúe su posible excarcelación. (Foto: GEC / Diana Chavez)
Esta exhortación no influye en la determinación de si el investigado o sentenciado cumple o no con el grado de suficiencia exigido para que se evalúe su posible excarcelación. (Foto: GEC / Diana Chavez)

El Consejo Ejecutivo del (CEPJ) pidió a los jueces penales de todo el país que resuelvan de oficio o a pedido de parte la situación de los procesados y sentenciados presos a fin de variar su condición jurídica ante el riesgo de contraer (COVID-19).

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La Resolución Administrativa N° 120-2020-CE-PJ detalla que los jueces están en la obligación de resolver las solicitudes de variación del mandato de detención o del cese de prisión preventiva en los procesos judiciales a su cargo.

También se precisa que en los casos que sea requerida una audiencia, esta deberá realizarse en forma virtual o mediante el uso de un medio tecnológico idóneo que garantice la tutela jurisdiccional efectiva y el debido proceso.

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Asimismo, el CEPJ recomendó a los jueces que conforman los órganos jurisdiccionales a valorar los actos de investigación en los cuales participan el fiscal, abogado defensor o defensor público de manera virtual con el uso de diversos medios tecnológicos.

Cabe destacar que esta exhortación no influye en la determinación de si el investigado o sentenciado cumple o no con el grado de suficiencia exigido para que se evalúe su posible excarcelación.

Hace algunas semanas, el referido organismo del Poder Judicial autorizó la realización de audiencias con el apoyo de los recursos tecnológicos en los casos que así corresponda, a nivel de primera instancia como en las salas superiores y supremas para evitar el contagio de coronavirus (COVID-19) entre sus funcionarios.

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