Contraloría podrá acceder al secreto bancario de funcionarios públicos investigados. (Foto: Contraloría)
Contraloría podrá acceder al secreto bancario de funcionarios públicos investigados. (Foto: Contraloría)

Permitirá recabar evidencias sobre presunta comisión de delitos de enriquecimiento ilícito. La Contraloría podrá acceder al secreto bancario de funcionarios públicos investigados. Esto, debido a que ha entrado en vigencia la directiva N° 007-2024-CG/FIS, que regula el requerimiento de información ante entidades bancarias y a la administración tributaria.

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La Contraloría podrá solicitar ahora esta información confidencial, en el marco de una acción de control posterior de tipo forense, “cuando resulte indispensable contar con evidencia suficiente y apropiada sobre la presunta responsabilidad penal vinculada a la comisión del delito de enriquecimiento ilícito en el uso o gestión de los bienes y fondos públicos, así como otros delitos que guarden relación con dicho enriquecimiento”.

“El contralor, en uso de su facultad constitucional, podrá solicitar el levantamiento del secreto bancario y/o reserva tributaria, debidamente sustentado y motivado, mediante un oficio dirigido a las entidades bancarias y/u órganos de la administración tributaria, las cuales tendrán 10 días hábiles de plazo para atender el pedido”, señala un comunicado informativo de la Contraloría.

Debido a que se trata de información sensible y privada, “las personas y autoridades que tomen conocimiento de la información confidencial solicitada quedan obligadas a guardar la más estricta y completa reserva y no pueden cederla ni comunicarla a terceros, así como tampoco pueden utilizarla para fines distintos al solicitado”, indica la directiva.

El incumplimiento de esta disposición dará lugar a responsabilidades administrativas y penales correspondientes, de acuerdo a la referida normativa.

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