Comisión de Justicia cierra vacíos sobre maestros con procesos y sentencias judiciales

Añadió restricciones para la contratación y permanencia de docentes que hayan cometido delitos. Sin embargo, dispuso obligatoriedad de proceso judicial o fiscal para aplicar sanciones.

Aulas seguras. Comisión del Congreso busca reducir riesgos en escuelas para los menores de edad. (Foto: Wilder Huaroc)

Fecha de publicación: 24/12/2021 – 12:00

Por unanimidad, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprobó establecer medidas restrictivas para que ningún profesor con sentencia pueda pertenecer o reingresar al servicio educativo. Esto, a fin de salvaguardar la seguridad e integridad de los estudiantes que están bajo el cuidado y la dirección del personal educativo.

Se trata de un predictamen que recae en el Decreto de Urgencia N° 019-2019, el cual fue promulgado durante el gobierno del expresidente Martín Vizcarra para modificar la Ley N° 29988, que establece las medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de las escuelas públicas y privadas.

De acuerdo a dicho decreto, aquellos condenados por terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual, homicidio, secuestro y tráfico ilícito de drogas no pueden ser contratados por instituciones educativas.

Asimismo, el texto determinaba que bastaba una sola denuncia policial para adoptar una medida administrativa preventiva de separación temporal del docente en cuestión. Sin embargo ahora será diferente.

Modificaciones a la ley

Tras la aprobación de la propuesta remitida por el Poder Ejecutivo, las publicaciones en medios sobre delitos de libertad sexual contra niños, niñas y adolescentes, así como exhibiciones y publicaciones obscenas tambien serán motivo de sanción.

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El grupo presidido por la legisladora de APP y exfiscal de la Nación, Gladys Echaíz, dispuso, además, que ello sea motivo suficiente para que un docente o personal administrativo escolar pueda ser separado definitivamente en caso de que se encuentre en ejercicio.

Coincidimos con lo señalado en el Informe Final aprobado por la Comisión Permanente en 2020; las personas implicadas en dichos delitos no pueden ser incorporados a las instituciones educativas y estar en contacto con los educandos (…). Su incorporación a la lista de tipos penales es absolutamente necesaria”, refirió Echaíz en la sustentación del texto.

Añaden trabas

No obstante, respecto a la medida que disponía la posibilidad de separar a un maestro con una denuncia policial de por medio, la Comisión de Justicia del Congreso retrocedió, y dijo que solo se podrá separar al profesional cuando un juez penal haya iniciado un proceso, o cuando el Ministerio Público haya formalizado una investigación preparatoria en contra del profesor.

En tanto, Echaíz hizo un llamado al Ministerio de Educación (Minedu) para que, “en su calidad de ente rector del sector educación”, establezca mecanismos de supervisión permanente sobre las medidas aprobadas y exhortó al Poder Judicial a trabajar en la creación del órgano encargado del Registro de personas condenadas o procesadas.

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