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Aníbal Quiroga: “Hay un solo camino para reformar la Constitución y es el artículo 206º de la Carta del 93″
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El constitucionalista Aníbal Quiroga estimó que el Tribunal Constitucional (TC) desestimará la demanda de inconstitucionalidad que presentará el Poder Ejecutivo contra la ley, aprobada por insistencia, que ratifica el procedimiento para una reforma constitucional de acuerdo a lo ya establecido en el artículo 206º de la Constitución de 1993.
En declaraciones a Perú21, manifestó que la disposición, aprobada por el Pleno con 72 votos, el jueves, “no recorta ningún derecho fundamental”, como han esgrimido desde predios oficialistas.
Subrayó que el camino para una reforma a la Constitución es único y es el que establece el artículo 206º de la Constitución, que señala que toda reforma a la Carta Magna, sea esta total o parcial, pasa necesariamente por el tamiz del Parlamento.
“Eso significa que no hay ninguna reforma que no sea de esa manera, pero algunas personas, invocando al miedo, creen que por el artículo 32º se puede convocar a un referéndum para directamente ir a una Asamblea Constituyente y eso es algo que esta fuera de la Constitución. Entonces, la ley dice lo mismo: que no puede haber un referéndum para la reforma que no sea conforme al artículo 206º; es una precisión de lo que ya está, al punto que el propio Jurado Nacional de Elecciones ha emitido opinión favorable de esa ley”, puntualizó.
“Se recortaría el derecho fundamental de una Asamblea Constituyente si existiera tal, pero la expresión Asamblea Constituyente no está en el texto constitucional. ¿Cómo se va a recortar algo que no existe? Al contrario, se está evitando que la gente se salga del camino constitucional para la reforma de la Constitución; es como el mundo al revés, lo que no está en la Constitución quiere ser validado, y lo que sí está quiere ser recusado”, prosiguió.
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En otro momento, Quiroga informó que la admisión a trámite de la demanda de inconstitucionalidad y como su aprobación requieren del voto de cinco de los seis magistrados del Tribunal Constitucional (TC).
Añadió que dicho organismo tiene, a partir de la presentación de la demanda, cinco días para pronunciarse sobre su admisión a trámite. “Una vez admitida se corre traslado al Congreso para que en 30 días útiles, lo que representaría más o menos un mes y medio, conteste la demanda”, indicó.
En esa línea, el jurista señaló que si el Ejecutivo concreta la presentación de la demanda en febrero, estima que la sentencia final se daría entre mayo y junio próximo.
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