Acumulación de penas: ¿Es novedosa y eficaz la propuesta de PPK?. (Perú21)
Acumulación de penas: ¿Es novedosa y eficaz la propuesta de PPK?. (Perú21)

Redacción PERÚ21

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La inseguridad ciudadana es uno de los principales problemas que preocupa a los peruanos. En campañas electorales, sin embargo, las propuestas para acabar con ella se guían más por un clamor popular que por su viabilidad.

Así lo ha demostrado candidata a la presidencia, quien hace una semana se pronunció a favor de la pena de muerte para violadores de niños menores de siete años. La medida, aunque altamente popular, traería más perjuicios que beneficios. No solo porque el Perú está obligado internacionalmente por la Convención Americana de Derechos Humanos a no ampliarla. Sino porque, aún si denunciase el tratado, los peruanos ya no podríamos ir a un tribunal internacional como la Corte IDH cuando el Estado viole nuestros derechos. Las implicancias detrás de una decisión como ésta pueden leerlas

La pena de muerte, sin embargo, no es la única "solución" entre las ofertas que pretenden combatir la delincuencia. Si bien, a diferencia de Keiko, su contendor en esta segunda vuelta, no es partidario de la pena de muerte, sí lo es de otra propuesta que vende como "novedosa" y "eficaz": la acumulación de penas.

El candidato de Peruanos por el Kambio ha llegado incluso a sostener que en casos como los del ataque terrorista en el VRAEM donde hubo 11 muertos, la pena para los responsables debería ser de "220 años". Con algo más de realismo, su candidato a la segunda vicepresidencia, Martin Vizcarra, en una reciente entrevista consideró que, con este sistema, si alguien mata a una persona, tendrá 20 años de cárcel, pero si mata a tres, "tendrá 60 años". Pero, ¿qué tan cierto es que en el Perú las penas no se acumulan? ¿Es acaso viable su aplicación?

¿NOVEDAD?La frase "en el Perú, las penas no se acumulan" se repite con frecuencia, pero basta revisar el Código Penal (CP) para desmentirla. Este argumento ha llevado a varios a pensar que, si uno comete uno o varios delitos a la vez, solo es sancionado por el delito que tiene la pena más grave. Esta extendida creencia sin embargo tiene una explicación. Y es que, hasta hace 10 años solía ser así. En 2006, sin embargo, una ley modificó los artículos 48 y 50 del CP que incorporó la suma de penas siempre que no superase ciertos límites. Uno de estos es que no exceda el máximo de la pena temporal, o sea, 35 años.

Cuántos años de pena merece una persona que ha cometido varios delitos es algo que puede determinar el fiscal en su acusación o el juez, que la acepta o modifica. Para la penalista Romy Chang, el problema no es que la ley no prevea la acumulación, sino que en la práctica, los jueces y fiscales aplican poco este artículo por falta de conocimiento y capacitación. En su lugar, explica, suelen pedir la pena más alta del delito más grave o una pena acumulativa sin especificar cuánto corresponde por cada delito.

Cuando una persona comete varios delitos, es decir, cuando hay "concurso de delitos", la ley permite ampliar el tope establecido dentro de los márgenes de la pena. Así, cuando alguien comete varios delitos a través de un solo acto ("concurso ideal") puede ser sancionada hasta con el máximo de la pena más grave de los delitos que concursan, pudiendo aumentar este tope hasta en una cuarta parte (sin que eso supere los 35 años).

Este rango será incluso más amplio, si a diferencia del caso anterior, ya no es solo un acto el que produjo varios delitos, sino son varios actos que generan varios delitos independientes entre sí ("concurso real"). Es decir, delitos que se cometen en diferentes momentos pero por la misma persona. En estos supuestos, según el artículo 50 del CP, "se sumarán las penas privativas de libertad que fije el juez" para cada uno de los delitos. Es decir, cada pena se establece como si el hecho fuese enjuiciado solo y al final, el juez debe sumar las "penas parciales" de cada delito que integra el concurso. Este resultado, sin embargo, no puede superar el doble de la pena del delito más grave o los 35 años, como regla general. Si lo hace, entonces debe bajarla a ese límite.

No es cierto entonces que las penas no se acumulan. Tampoco lo es que las penas no sean altas. No sólo hay una creciente tendencia por aumentarlas, sino que entre el 2014 y 2015, varias leyes incorporaron la cadena perpetua para delitos como secuestro agravado, feminicidio agravado, sicariato, violación sexual de menores, robo cuando lo comete un integrante de una organización criminal, extorsión agravada (sin que eso haya impactado en reducir la delincuencia). Para Chang, la propuesta de PPK no sólo se enfrentaría al problema de infraestructura penitencia, en la que no se invierte, sino que, iría contra principios establecidos en la Constitución como la resocialización. "Con estas medidas el Estado simplemente renuncia a estos fines", expresa.

Con una opinión distinta, el penalista César Nakazaki considera que si el Código Penal admite la cadena perpetua, no ve por qué no la suma de penas sin límites, como sucede en Estados Unidos. Tendría que aumentar el límite de 35 años o eliminarse. Reitera, sin embargo, que el problema de la delincuencia no va por ahí. "La legislación es lo suficientemente represiva, hay que mejorar las políticas de prevención, de investigación e inteligencia policial, invertir en equipos y peritos", señala.

Además, el tiempo que pasa un reo en la cárcel no depende únicamente de la pena que se le imponga, sino que por conducta puede salir antes accediendo a beneficios penitenciarios. Por eso, PPK además de extender el tiempo que pasan los reos en las prisiones, propone eliminar los beneficios penitenciarios para "delincuentes reincidentes, marcas, sicarios". Para Chang, sin embargo, "no sé qué va a eliminar porque la mayoría de estos beneficios para los delitos más graves ya casi ni existen". Y agrega Nakazaki que "si no hubiera beneficios penitenciarios, las cárceles serían inmanejables, explotarían".

¿MÁS TIEMPO, PERO DÓNDE?Parece ser que la propuesta de PPK no sería la de "acumular las penas", sino eliminar el límite que en la actualidad impide que la suma de estas ascienda a más de 35 años. Es decir, que la suma sea absoluta. De ser así, mantener a los reos por más tiempo exigiría contar con espacio en las cárceles, algo que no tenemos. Según declaraciones del jefe de la INPE, Julio Magán, contamos con una capacidad penitenciaria de 33 mil reos para los 78 mil que existen.

Si a esta medida, agregamos la novedosa ley de flagrancia que sanciona a los procesados de manera más rápida, las cárceles terminarán aún más hacinadas. En palabras de Magán, esto podría convertir a las cárceles en bombas de tiempo. De ahí que sostenga que la solución reside no tanto en mandar a más gente a la cárcel, sino en buscar penas alternativas como las jornadas de trabajo. De acuerdo con Nakazaki, esto además fortalecería mucho el fin de la reinserción social.

Gino Costa, especialista en seguridad ciudadana y miembro del equipo de seguridad de PPK, es también partidario de esta política. Como señala en un artículo publicado en El Comercio, es necesario "revisar la legislación para evitar la desproporción de penas y favorecer medidas alternativas como la multa, los trabajos comunitarios u otras. De lo contrario, las cárceles seguirán siendo universidades del crimen y, al paso que vamos, estallarán". Sorprende por eso que no se haya pronunciado sobre la medida de acumulación de penas propuesta por el líder de su partido.

Según Chang, el problema no está en el marco normativo, sino en hacer que se cumpla y ahí es donde no hay propuestas. "La población piensa que si la gente va presa a la cárcel estás avanzando con el problema de la delincuencia y no es así, lamentablemente, los discursos políticos están pensados para que la gente piense que va a ayudar, cuando no necesariamente lo hará", expresa.

Por Josefina Miró Quesada (josefina.miroquesada@peru21.com)

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