Enrique Cornejo es investigado por el delito de lavado de activos en el caso Odebrecht. (Foto: GEC)
Enrique Cornejo es investigado por el delito de lavado de activos en el caso Odebrecht. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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Durante la audiencia en la que se evalúa el pedido de prisión preventiva contra investigados por el caso Odebrecht, el abogado del exministro de Transportes y Comunicaciones  solicitó que no se incorpore el testimonio de un colaborador eficaz recogido por la fiscalía el último lunes 29 de abril.

“Esta acta de transcripción del colaborador eficaz ha sido efectuada el 29 de abril. Todos tenemos conocimiento de que hemos empezado esta audiencia el 28 de abril donde ha quedado legalmente instalada, de manera tal que no se puede traer, ni en la anterior audiencia ni en las sucesivas audiencias, nuevos elementos de convicción, especialmente cuando no tienen la necesaria participación de la defensa porque se trata de actos de colaboración eficaz que realiza unilateralmente la fiscalía”, argumentó la defensa de .

A su turno, el fiscal José Domingo Pérez, miembro del equipo especial Lava Jato, indicó que la intención del abogado era que el juzgado no valore la confesión de Miguel Atala.

“¿Sabe qué está indicando el abogado del investigado Enrique Cornejo? No valore usted la confesión de Miguel Atala Herrera, eso es lo que está buscando el abogado de Enrique Cornejo, que no se tenga en cuenta la confesión que está haciendo ”, advirtió.

Según manifestó José Domingo Pérez, la intención del abogado era que no se considere que “el líder de la organización criminal era finalmente el beneficiario del millón 300 mil dólares que Odebrecht depositó en sus cuentas”.

Sin embargo, el abogado cuestionó que se considere el testimonio de como si fuera el del colaborador eficaz.

“Yo no me he opuesto a la incorporación de la declaración del señor Atala, a no ser que el fiscal nos diga que el señor Atala es este colaborador eficaz. No creo que el fiscal lo diga en una audiencia pública porque se liberaría la identificación de un colaborador eficaz, que la ley obliga a guardar su identificación”, refirió.

Finalmente, el juez Juan Carlos Sánchez Balbuena, titular del Segundo Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria, calificó como válida la incorporación de nuevos elementos que sostengan lo solicitado por el fiscal.

“Este juzgado considera que resulta perfectamente válida la presentación de elementos de convicción que se conocen con posterioridad a la presentación del requerimiento de prisión preventiva, lo que debe de resguardarse es la posibilidad de que las defensas puedan contradecir esos nuevos elementos de convicción”, dijo.