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Abogado de Pedro Castillo busca engañar a la CIDH
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“Anunciamos las siguientes medidas: Disolver temporalmente el Congreso de la República e instaurar un gobierno de emergencia excepcional”, fueron las palabras con las que Pedro Castillo, en cadena nacional, decidió quebrar el orden constitucional y convertirse en dictador. Sin embargo, Walter Ayala, exministro y defensor de Castillo, presentó un pedido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que el golpista sea liberado y restituido en el cargo de presidente. Según Ayala, la destitución de Castillo “vulneró el debido proceso, plazos y no alcanzó 104 votos para la vacancia directa”.
¿Qué pasó ese día?
El 7 de diciembre, a las 3:00 p.m., se tenía previsto debatir y votar la moción de vacancia presentada por el congresista Edward Málaga en el Congreso. Esta se sustentaba, entre otras cosas, en los casos de corrupción del entonces presidente. Pero, tres horas antes de que inicie la sesión, Castillo dio el golpe de Estado.
Inmediatamente luego del anuncio, el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales brindó una conferencia de prensa. “Castillo ya no es presidente del Perú”, aseguró. Además, señaló que el país se encontraba “en una situación excepcional” y que el Congreso estaba facultado para “declarar una vacancia ipso facto, es decir, inmediata.
Al darse cuenta que las Fuerzas Armadas no acatarían el golpe, Castillo y su familia escapan de Palacio de Gobierno para asilarse en la embajada de México. Pero en el camino, la escolta de Castillo lo detiene en flagrancia por cometer el delito de rebelión.
El Congreso decidió adelantar la sesión y no votar la moción de Málaga, sino una resolución legislativa propuesta por la Mesa Directiva que declaraba la vacancia por permanente incapacidad moral, sustentada únicamente en el golpe de Estado que acababa de dar Castillo. La resolución fue aprobada con 101 votos de los 87 necesarios.
LA POSICIÓN DEL CONGRESO
Fuentes del Parlamento señalaron a Perú21 que la postura del Legislativo, en ese momento, fue la correcta. “El procedimiento regular de la vacancia está pensado para situaciones en las que se puede realizar una investigación previa y escuchar la defensa en respeto a la presunción de inocencia. Sin embargo, Castillo delinquió flagrantemente al dar el golpe de Estado televisado, resultando inaplicable el artículo 89-A del Reglamento del Congreso, donde se establecen los plazos para la vacancia regular”, comentaron.
EN FLAGRANCIA
El constitucionalista Aníbal Quiroga también defendió la legalidad de la vacancia y resaltó que no se podía seguir con el procedimiento regular estipulado en el reglamento del Congreso, porque el delito de Castillo se hizo “en vivo y en directo”, de forma flagrante. “El reglamento habla de un procedimiento de vacancia, pero ese supuesto no se aplica en el caso de flagrancia con un golpe de Estado”, dijo. Además, Quiroga criticó que Ayala pretenda acudir a instancias internacionales.
“Para ir a la justicia internacional, hay que agotar los remedios internos en el Perú. Las puertas en la CIDH van a estar abiertas luego de agotarse la jurisdicción interna”. Además, recordó que “la propia CIDH emitió un comunicado condenando el golpe de Estado de Castillo y saludando la sucesión constitucional”.
Alejandro Rospigliosi, experto derecho parlamentario, aseguró a Perú21 que “la utilización de la vacancia por incapacidad moral fue legal”. Además, cuestionó a Ayala por criticar que se adelantara la votación de la vacancia tras el golpe de Estado.
“Ante una situación excepcional de golpe de Estado, se requería una respuesta excepcional del Congreso para defender la democracia”, dijo. Asimismo, consideró que “habría que ser una democracia boba para esperar tres horas más para que se consume el golpe”.
La disputa en la CIDH recién comienza y aunque el Perú tiene la razón, no está de más armar un buen equipo para defender la legalidad de la medida, advierte Juan Jiménez Mayor, expremier.
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