El Poder Judicial de Arequipa emitió una sentencia que marca un precedente en la lucha contra el acoso digital. Juan Dávila D. fue condenado a cuatro años de prisión suspendida tras ser hallado responsable del delito de acoso en agravio de su exenamorada, a quien hostigó de manera persistente a través de distintas plataformas tecnológicas, incluso utilizando la billetera digital Yape para eludir los bloqueos que ella había establecido.
Un repartidor transitaba junto a una anciana en un pasaje subterráneo de la plaza Lenin de Novosibirsk, Rusia, cuando imprevistamente le propinó una brutal patada en el rostro. El hombre fue identificado y despedido.
La condena fue dictada por el 5to Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Delitos Asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a cargo de la jueza Crisley Herrera Claure, tras determinar que el imputado desarrolló un patrón reiterado de hostigamiento que afectó la tranquilidad emocional de la víctima.
Según precisó el Ministerio Público, la agraviada decidió poner fin a la relación y bloqueó al acusado en todas las vías de comunicación tradicionales: llamadas, WhatsApp y redes sociales. Lejos de detenerse, Dávila encontró una nueva forma de contactarla: Yape.
Desde el aplicativo de pagos, enviaba montos mínimos —algunos de apenas 10 céntimos— acompañados de mensajes insistentes, una estrategia que, según la Fiscalía, buscaba burlar la decisión de la mujer y reanudar el vínculo sentimental.
Las transferencias se repitieron durante un periodo prolongado, lo suficiente para configurar un hostigamiento digital sistemático, concluyó la jueza Herrera.
La magistrada enfatizó que el acusado utilizó de manera deliberada la plataforma financiera para vulnerar las medidas de protección que la víctima intentó establecer.
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