Juez declaró improcedente extradición de Wanda Del Valle y Poder Judicial lo destituyó

La presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este ordenó su separación inmediata.
Wanda del Valle pasará 18 meses en prisión mientras es procesada.

El juez Alfonso Delgado Del Carpio, del sétimo juzgado de investigación preparatoria, declaró improcedente el pedido fiscal de extradición activa de por no ajustarse a los requisitos que establece la ley ni al convenio de extradición con , país donde fue arrestada.

En la resolución, el magistrado explica que, sobre la investigada, “no existe ningún proceso ni se ha citado a juicio (primero), algo que, según la legislación peruana, es obligatorio de acuerdo al artículo 367 inciso 1) del código procesal penal. Además, (tampoco) se declaró su ausencia o contumacia, (porque eso sólo se realiza) en la etapa oral”.

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“Ambos presupuestos no se cumplen en el presente caso, por lo que la extradición activa resultaría improcedente. Para solicitar (eso) a un país extranjero, es requisito ineludible que la persona esté procesada o condenada”, señaló el juez haciendo hincapié en que la resolución de detención no consideraba “fines de extradición”.

Adicionalmente, el sétimo juzgado de investigación preparatoria acusó que el Ministerio Público “ha omitido señalar bajo qué artículo específico de la ley penal colombiana estaría regulada la conducta atribuida a la investigada Wanda del Valle, lo cual también constituye un requisito de procedibilidad del requerimiento de extracción activa”.

El agraviado es el coronel PNP Víctor Revoredo, jefe de la División de Homicidios.


Separan a juez Alfonso Delgado


Luego de conocerse la decisión del juez Alfonso Delgado Del Carpio de declarar improcedente la extradición de Wanda Del Valle, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Rose Mary Parra Rivera de González, ordenó su separación inmediata.

Vale resaltar que, en la resolución de improcedencia de extradición activa de la pareja del ‘Maldito Cris’, el magistrado señaló que su detención en Colombia no consideraba “fines de extradición”, algo que no se ajustaba a la verdad, puesto que, según el expediente 11043-2023-2-3203-JR-PE-02 del 12 de diciembre, sí se hizo tal pedido.


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