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Elaboran lineamientos para que personas con discapacidad beneficiarias de Yanapay cobren por tercero autorizado

Pensión 65 promueve trabajo articulado con Defensoría del Pueblo, Conadis y Contigo para que dichas personas en vulnerabilidad, que aún no han recibido el subsidio, puedan cobrarlo.

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Fecha Actualización
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a través del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, está trabajando los lineamientos para que las personas con discapacidad que son beneficiarias del apoyo económico individual Yanapay Perú y que, por sus condiciones físicas y de salud no pueden acercarse a las agencias del Banco de la Nación para cobrar el subsidio, puedan recibirlo mediante la modalidad de tercero autorizado en el más corto plazo posible.
Para ello, funcionarios del programa se reunieron con profesionales de la Defensoría del Pueblo, del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y del Programa Nacional de Entrega de Pensión No Contributiva a la Persona con Discapacidad Severa – Contigo (adscrito al Midis). Es la primera vez que todas estas instituciones, ligadas a la mejora de la calidad de vida del grupo poblacional vulnerable conformado por las personas con discapacidad, trabajan de manera articulada.
Pensión 65 evaluará las recomendaciones de esas instituciones para la elaboración de los lineamientos del cobro por tercero autorizado. Se acordó, además, que la Defensoría del Pueblo y el Conadis acompañarán el proceso de implementación del procedimiento de autorización de cobro por tercero autorizado para las personas con discapacidad, y que difundirán los pasos del mismo a través de sus plataformas y personal en el territorio.
Las reuniones continuarán y próximamente también participarán representantes del Banco de la Nación. El objetivo es concretar en el plazo más breve la entrega del apoyo económico Yanapay a las personas con discapacidad que no pueden trasladarse hasta las agencias bancarias, tal como lo establece la única disposición complementaria final del Decreto de Urgencia N.° 005-2022. Dicha norma dispone el plazo de 15 días hábiles para que Pensión 65 emita los lineamientos del cobro por tercero autorizado.
Otra disposición complementaria modificatoria incluida en la mencionada norma amplió el plazo para cobrar el Yanapay hasta el 30 de junio. La entrega de este apoyo económico, iniciada el 13 de setiembre del año pasado en virtud del D. U. N.° 080-2021, representa la operación de subsidio monetario a la población en pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad por parte del Estado Peruano más grande de toda la historia del país.
El universo de beneficiarios supera los 13.5 millones de personas. A la fecha, ya han cobrado el subsidio 12 454 342 personas, lo que representa un avance de pago a nivel nacional de 92.2 %.
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