Redacción PERÚ21

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El pleno del aprobó este miércoles en segunda votación el dictamen que agrupa los proyectos de ley (PL) 1612-2016-CR; 2051/2017-CR; 2212/2017-CR; 289/2016-CR, que regulan el servicio de estacionamiento vehicular, estableciendo el cobro por minuto efectivamente brindado.

La iniciativa legislativa, aprobada con 59 votos a favor, considera también que en caso el usuario pierda la constancia o ticket no tendrá que pagar penalidades adicionales. Solamente tendrá que abonar el valor del costo del documento.

Para establecer el tiempo efectivo de permanencia en la playa de estacionamiento y así determinar la retribución, el titular del establecimiento deberá consultar sus registros físicos, electrónicos o fílmicos.

CENTROS COMERCIALES

En el caso de los centros comerciales, el usuario estará exonerado del pago durante los primeros 15 minutos, sin necesidad de acreditar un consumo mínimo, señala la norma.

Posterior a este tiempo, el local podrá exigir una retribución económica por los minutos totales de permanencia en el estacionamiento.

Asimismo, se podrá fijar tarifas planas, sin importar el tiempo que permanezca el vehículo en el estacionamiento, siempre que no exceda el horario de servicio del establecimiento.

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