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El tema de hoy: Dígame doctor

“¿Si se presenta una nueva denuncia constitucional contra Espinosa-Saldaña, este volverá a recurrir a la Corte IDH y esta le dará de nuevo protección?”.

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Fecha Actualización
Los miembros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya deben estar al tanto de la nueva denuncia que envuelve al magistrado del Tribunal Constitucional Eloy Espinosa-Saldaña, por consignar en su hoja de vida el título de doctor en Derecho cuando no lo tiene. Quienes intercedieron para que este tribunal supranacional emita un fallo apresurado –en otros casos se demoran años– para paralizar la investigación contra él y otros tres magistrados por haber cambiado el sentido de un voto en el caso El Frontón no imaginaron que este nuevo elemento aparecería.
Ahora se conoce que Espinosa-Saldaña engañó al Parlamento porque declaró en el currículum que presentó para postular al puesto, en mayo de 2014, que tenía el grado de doctor. Pero eso no era cierto, y el mismo magistrado lo ha admitido. Él se defendía diciendo que se rectificó y presentó su CV actualizado antes de ser designado. Sin embargo, Perú21 corroboró que cuando hizo eso, el 14 de mayo de ese año, la comisión especial que propuso a los integrantes ya había elevado al Pleno su propuesta final el 6 de mayo. Pasaron nueve postulantes. Uno de ellos era Espinosa-Saldaña. Es decir, los congresistas lo evaluaron confiando que él sí era doctor; la versión corregida nunca llegó a sus manos.
Javier Velásquez Quesquén, uno de los integrantes de la comisión evaluadora, dice en esta edición que el juez constitucional ha cometido delito al mentir en su hoja de vida y que por situaciones similares otros funcionarios electos han sido sancionados. ¿Si se presenta una nueva denuncia constitucional contra Espinosa-Saldaña, este volverá a recurrir a la Corte IDH y esta le dará de nuevo protección alegando que es una extensión del caso Durand y Ugarte?
Es claro que la Corte IDH intervino en medio de un proceso legítimo en curso, porque si bien había un informe que recomendaba la inhabilitación por diez años de dicho miembro del TC y la suspensión de los otros tres, este aún no estaba aprobado. La Corte evitó que el Estado peruano actúe de acuerdo a sus propias normas internas y sancione, si así se determinaba, a altos funcionarios. Todo se hizo cumpliendo el debido proceso, lo cual fue reconocido por los dos integrantes de la Corte que votaron en contra de la pretensión.
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