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Pago de los independientes

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Fecha Actualización
No hay plazo que no se cumpla: desde el 1 de agosto de este año los trabajadores independientes estarán obligados a cotizar en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) o en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), informó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Este aporte será obligatorio y progresivo, precisó César Rivera, coordinador ejecutivo de Regulación de la SBS.

"Se ha previsto que, en el caso del sistema privado, sea el 2.5% del ingreso que genere en el mes el que vaya a su fondo de pensiones. Progresivamente va aumentando a 5% al año siguiente, 7.5% al año subsiguiente, y en el 2017 ya aportaría la cuota normal de todo trabajador, que es 10%", acotó Rivera.

Asimismo, precisó que los trabajadores obligados a abonar a un sistema de pensiones son los que perciben un monto superior al sueldo mínimo vital (SMV). Quienes no tengan tales ingresos no estarán obligados a abonar.

POR RECIBOSEn el caso de los trabajadores independientes de cuarta categoría que emitan recibos por honorarios para una empresa, la compañía será la encargada de la retención mensual para el aporte.

En cambio, los trabajadores independientes que ofrezcan servicios a una persona particular deberán realizar el pago mensual ellos mismos. Igualmente, la SBS se encargará del control y coordinación con otras entidades, un sistema que se irá construyendo a partir de agosto.

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