[OPINIÓN] Iván Arenas: “¿Y después del Perumin 36 qué?”. (@photo.gec)
[OPINIÓN] Iván Arenas: “¿Y después del Perumin 36 qué?”. (@photo.gec)

Días atrás desde la PCM se emitió un nuevo decreto supremo que modifica y establece disposiciones para el desarrollo de lo que se denomina la Ventanilla Única Digital para la Minería, y con ello —de alguna u otra manera— se cumplía el anuncio hecho por el propio PCM Alberto Otárola en Arequipa en el marco del Perumin 36.

No obstante que Otárola ha cumplido con su palabra, y ya tenemos un nuevo decreto supremo que intenta atacar la “tramitología” en el sector minero, vale decir también que la Ventanilla Única Digital, creada durante el gobierno de Martín Vizcarra, jamás se puso en práctica porque nunca se aprobaron las normas e instrumentos operativos y procedimentales. Es decir, quedó en nada.

¿Pero qué sigue después del Perumin 36? Si bien, como decíamos líneas arriba, en Arequipa el Gobierno en pleno se tomó en serio lo de la “tramitología”, se espera que esta vez la Ventanilla Única Digital se ponga en marcha a pesar de que ahora se han agregado cuatro nuevas instituciones y se ha encargado al Ministerio de Energía y Minas la articulación y ejecución de esta nueva herramienta.

Ahora bien, el ministro de Energía y Minas, Óscar Vera, se refirió en una entrevista reciente a la Ventanilla Única Digital y dijo que “se reducirán los tiempos pero no los procedimientos”. Si bien hay algo de verdad en todo lo anterior, uno de los principales escollos que la minería moderna ha identificado está en el cumplimiento de los tiempos que ya están establecidos en los procedimientos administrativos. Nadie habla ni reclama reducir tiempos ni procedimientos, solo que se cumpla el plazo que la norma y la ley indican.

Veamos lo siguiente. Para una Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA) el procedimiento administrativo establece 45 días hábiles, sin embargo, demora entre 8 meses a 1 año, de acuerdo a un informe del Instituto Peruano de Economía y de la Sociedad Nacional de Minería y Energía. Otro ejemplo. Una Modificatoria de un Estudio de Impacto Ambiental (MEIA), según el plazo, es de 143 días hábiles, pero tranquilamente puede durar entre 3 a 4 años. La consulta previa, que debe durar máximo hasta 120 días hábiles, puede extenderse entre 1 a 3 años (¡y esto es!).

Nuevamente, ¿después el Perumin 36, qué? Si bien el gobierno ha dado señales de interés por apostar por el desarrollo y continuidad de nuevos proyectos, es bueno indicar que el papel aguanta todo (hasta un discurso leído por el PCM frente a los empresarios, proveedores y trabajadores mineros en Arequipa). En el caso de la Ventanilla Única Digital para la Minería habría que pedirle celeridad al Minem (y a las diversas instituciones que la integran) para que la pongan en funcionamiento, y que de manera rápida se aprueben las normas que dan soporte legal a los instrumentos operativos y procedimentales; de no hacerse todo lo anterior entonces la Ventanilla sería un bluff.

Vale también repetir que ahora es el momento, mientras existe todavía alguna paz social. En 2026 será más difícil.

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