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[OPINIÓN] Ana Jara: “Matrimonio infantil o ¿violación presunta?”

“El Perú que firmó la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce como la mayoría de edad a los 18 años y con ello acepta que los niños y adolescentes alcanzaron su desarrollo y pueden ejercer por sí mismos sus derechos sin mediar representante”.

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La reciente revelación del Reniec de la inscripción de matrimonios civiles de menores de 11, 12 y 13 años, todas niñas, en los últimos diez años, debiera haber causado revuelo y la indignación generalizada de nuestra sociedad. Nadie reaccionó, salvo uno que otro medio de prensa y la congresista Flor Pablo, que busca zanjar por completo que situaciones así se repitan a futuro con una iniciativa de ley que elimine el matrimonio con menores de edad. Aquí y ahora, sin embargo, los temas mediáticos son otros en el país.
Es inaudito el enorme retroceso en materia de derechos humanos en el Perú, sobre todo en la defensa de nuestra niñez, habiéndose permitido que personas aún púberes y, en su caso, adolescentes, contraigan matrimonio a una edad vulnerable de 14 años (cortesía del último párrafo del artículo 42 del Decreto Legislativo 1384), para lo cual bastaría el asentimiento de al menos uno de los padres, porque para el legislador la desavenencia de los padres, si la hubiera, califica como autorización para casar al menor. ¿Dónde estamos?
El Perú que firmó la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce como la mayoría de edad a los 18 años y con ello acepta que los niños y adolescentes alcanzaron su desarrollo y pueden ejercer por sí mismos sus derechos sin mediar representante. Hay obviamente excepciones como la maternidad que les reconoce capacidad de ejercicio pero solo para efectos de litigar sobre filiación y alimentos. ¿Tan tardos de entendimiento son algunos de nuestros legisladores y jueces?, ¿cómo pueden autorizar el matrimonio con la consecuente vida íntima entre una niña y un adulto, que muchas veces les dobla la edad? Y esa disparidad o brecha generacional afectará necesariamente al menor, cuyo cuerpo está en formación, se encuentra atravesando cambios, desarrollando capacidades y cualidades a través del juego que les enseña a compartir, a ser solidarios, a liderar, a procesar derrotas y triunfos, etcétera; y todo le es truncado, en especial los estudios que les será más difícil continuar.
Esta clase de matrimonio bien pudiera verse como una violación presunta, porque en materia penal (al menos doctrinalmente) así hubiera consentimiento de esta para tener relaciones, es considerado como delito y ella como víctima por la “vulnerabilidad de su edad”, menor de 18 años y más aún de 14 o menos de 14.
El derecho peruano en estos casos es más bien torcido porque deja de lado el “interés superior del niño”, que obliga a mirar lo que es mejor para ellos, que convierte sus necesidades en derechos, esa mirada con enfoque de derechos que muchas autoridades, una en particular, parece zurrarse al afirmar que “mientras no haya violencia, las relaciones sexuales tempranas más bien ayudan al futuro psicológico de la mujer”. Francamente.
Al 2022 superábamos los 3 millones de menores entre 12 y 17 años, ¿cómo así permitieron esos casi 5,000 matrimonios infantiles? ¿Por qué nadie está preso por esto?
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