(Diarioellibertador.com.ar)
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Redacción PERÚ21

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Los extranjeros residentes en podrán cambiar de identidad sexual en su documento nacional de identidad (), según la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.

De este derecho ya gozaban los argentinos desde que el Congreso de su país aprobó la Ley de Identidad de Género en mayo pasado, que también alcanzaba a residentes extranjeros, pero cuya aplicación efectiva se retrasó hasta hoy.

Para cambiar la identidad sexual, el nombre y la fotografía en su DNI, el extranjero solicitante debe acreditar que dichas modificaciones no pueden hacerse en su país de origen.

Cuando acaba el trámite, la Dirección General de Migraciones deberá informar del mismo a la Cancillería, al país de origen del interesado y a la Interpol.

Sin embargo, los extranjeros no podrán usar el nuevo documento par entrar o salir de Argentina y deberán identificarse con cualquier otro documento hábil de viaje de acuerdo a su nacionalidad.